Extractos Legales

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    E X T R A C T O


    Por Decreto MOP. (Exento) Nº 841, de 10 de septiembre de 2020, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 114, 118 y 119, para la obra: MEJORAMIENTO CAMINO BASICO INTERMEDIO MAQUEHUE – BOROA – PUENTE RAGÑINTULEUFU, que figuran a nombre de LONCOMIL ANCALAF MALLENTO, HUERALAF CANIUQUEO CARMEN y ALCAVIL CEA JUAN RAUL, roles de avalúo 3212-554, 3212-533 y 3212-534, Comuna de PADRE LAS CASAS, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 2.289, 717 y 457 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informes de tasación de fecha 21 de octubre de 2019, fijó el monto de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $6.294.750.- para el lote N°114, $8.671.750.- para el lote N°118, y $6.748.750.- para el lote N°119. Las indemnizaciones se pagarán al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP. 

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº 711, de 21 de agosto de 2020, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 43, 44, 45, 46 y 47, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-75, SECTOR COLICO – CABURGUA NORTE, que figuran a nombre de GOMEZ Y GONZALEZ LIMITADA, SAN MARTIN VENEGAS RAUL ALEJANDR, SAN MARTIN VENEGAS RAUL ALEJANDR, ARAYA NUNEZ ESTEBAN y ARAYA NUNEZ ESTEBAN, roles de avalúo 1319-314, 1319-315, 1319-315, 1319-316 y 1319-316, Comuna de CUNCO, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 165, 137, 640, 515 y 133 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO y CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR, mediante informes de tasación de fecha 2 de julio de 2019, fijó el monto de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $7.499.500.- para el lote N°43, $4.232.800.- para el lote N°44, $9.920.000.- para el lote N°45, $7.982.500.- para el lote N°46, y $5.348.200 para el lote N°47. Las indemnizaciones se pagarán al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP. 

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº 685, de 13 de agosto de 2020, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 54, 55 y 56, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-75, SECTOR COLICO – CABURGUA NORTE, que figuran a nombre de ESPINOZA JARPA MARIA DEL ROSARIO, ESPINOZA JARPA JOSE RUFINO y ESPINOZA JARPA JOSE RUFINO, roles de avalúo 1319-320, 1319-321 y 1319-321, Comuna de CUNCO, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 254, 37 y 170 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO y CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR, mediante informes de tasación de fecha 2 de julio de 2019, fijó el monto de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $3.810.000.- para el lote N°54, $1.002.700.- para el lote N°55, y $2.550.000.- para el lote N°56. Las indemnizaciones se pagarán al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº 681, de 13 de agosto de 2020, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 48, 49, 52 y 53, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-75, SECTOR COLICO – CABURGUA NORTE, que figuran a nombre de BASTIAS TOLEDO CRISTHIAN MANUEL, BASTIAS TOLEDO CRISTHIAN MANUEL, ESPINOZA JARPA ANA ISABEL Y OTRA y ESPINOZA JARPA ANA ISABEL Y OTRA, roles de avalúo 1319-317, 1319-317, 1319-319 y 1319-319, Comuna de CUNCO, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 133, 373, 103 y 275 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO y CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR, mediante informes de tasación de fecha 2 de julio de 2019, fijó el monto de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $16.780.200.- para el lote N°48, $5.781.500.- para el lote N°49, $4.128.200.- para el lote N°52, y $4.300.000.- para el lote N°53. Las indemnizaciones se pagarán al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº 759, de 27 de agosto de 2020, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 2, 9 y 15, para la obra: MEJORAMIENTO RUTAS S-464 y S-488: ALMAGRO – BARROS ARANA, que figuran a nombre de VICARIATO DE VILLARRICA, QUILAQUEO NECULMAN ROBERTO AUREL Y, y LICANQUEO MILLAQUEO FERMIN, roles de avalúo SIN ROL, 619-7 y 620-489, comuna de NUEVA IMPERIAL, REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, superficies 3.209, 188 y 723 m2. respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, PABLO ALEJANDRO SEPÚLVEDA GÓMEZ y EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, mediante informes de tasación de fecha 9 de julio de 2015 y actas complementarias de los lotes 2 y 9, ambas de fecha 5 de septiembre de 2017, y acta complementaria de fecha 20 de enero de 2020 del lote 15, fijó el monto de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $8.213.600.- para el lote N° 2, $482.700.-, para el lote N° 9 y $841.050.- para el lote N°15. Las indemnizaciones se pagarán al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº 739, de 27 de agosto de 2020, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N° 206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.1, 2 y 3, para la obra: MEJORAMIENTO CBI CRUCE S-269 GENERAL LOPEZ- PADRE LAS CASAS, que figuran a nombre de LLANQUINAO SANDOVAL JORGE R, SANDOVAL CAYULEO JOSE y SANDOVAL CAYULEO JOSE, roles de avalúo 3283-122, 3283-114 y 3283-114, Comuna de PADRE LAS CASAS, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 124, 147 y 238 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informes de tasación de 29 de marzo de 2019, fijó el monto de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $2.356.800.- para el lote N°1, $745.400.- para el lote N°2, y $2.484.600.- para el lote N°3. Las indemnizaciones se pagarán al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) No 680, de 13 de agosto de 2020, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. No850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 40, 41 y 42, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-75, SECTOR COLICO – CABURGUA NORTE, que figuran a nombre de HESS MANSILLA ALEJANDRO GUILLERMO, HESS MANSILLA ALEJANDRO GUILLERMO y GOMEZ Y GONZALEZ LIMITADA, roles de avalúo 1319-202, 1319-202 y 1319-314, Comuna de CUNCO, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 212, 597 y 626 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, EVALDO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de fecha 21 de junio de 2019, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $8.835.800.- para el lote N°40 y los peritos PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO y CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR, mediante informes de tasación de fecha 2 de julio de 2019, fijó el monto de las indemnizaciones provisionales en las cantidades $9.253.500.- para el lote N°41, y $9.703.000.- para el lote N°42. Las indemnizaciones se pagarán al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

     

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