Extractos Legales

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº 888, de 28 de septiembre de 2020, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 84, 85, 86 y 87, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-75, SECTOR COLICO – CABURGUA NORTE, que figuran a nombre de LARRAIN ILLANES RODRIGO, LARRAIN ILLANES RODRIGO, GARAY PEREZ IGNACIO y GARAY PEREZ IGNACIO, roles de avalúo 1319-217, 1319-217, 1319-218 y 1319-218, Comuna de CUNCO, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 2.570, 1.075, 536 y 893 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informes de tasación de fecha 3 de julio de 2019, fijó el monto de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $69.869.000.- para el lote N°84, $17.358.500.- para el lote N°85, $8.517.000.- para el lote N°86, y $30.374.700.- para el lote N°87. Las indemnizaciones se pagarán al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº 889, de 28 de septiembre de 2020, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 114, 115 y 116, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-75, SECTOR COLICO – CABURGUA NORTE, que figuran a nombre de DA FONSECA BAEZ MARIO ALFONSO Y OTR, SUC GUZMAN IPARRAGUIRRE C GLORIA y SUC GUZMAN IPARRAGUIRRE C GLORIA, roles de avalúo 1319-234, 1319-235 y 1319-235, Comuna de CUNCO, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 1.645, 1.347 y 457 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO y CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR, mediante informes de tasación de fecha 4 de julio de 2019, fijó el monto de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $26.487.300.- para el lote N°114, $21.848.700.- para el lote N°115, y $13.263.500.- para el lote N°116. Las indemnizaciones se pagarán al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº 892, de 28 de septiembre de 2020, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 61, 62, 63 y 64, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-75, SECTOR COLICO – CABURGUA NORTE, que figuran a nombre de PERO HERNANDEZ E. ISABEL Y OTRAS, CARDENAS GALINDO PATRICIO ALEJAN, ESPINOZA JARPA ANA ALICIA y ESPINOZA JARPA JOSE RUFINO, roles de avalúo 1319-323, 1319-324, 1319-245 y 1319-327, Comuna de CUNCO, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 41, 879, 1.974 y 965 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PABLO ALEJANDRO SEPULVEDA GOMEZ, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informes de tasación de fecha 2 de julio de 2019, fijó el monto de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $625.250.- para el lote N°61, $13.430.400.- para el lote N°62, $30.140.000.- para el lote N°63, y $14.518.750.- para el lote N°64. Las indemnizaciones se pagarán al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº 887, de 28 de septiembre de 2020, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 73, para la obra: MEJORAMIENTO CAMINO BASICO INTERMEDIO MAQUEHUE – BOROA – PUENTE RAGÑINTULEUFU, que figura a nombre de VARGAS CORREA CLARISA, rol de avalúo 3212-705, Comuna de PADRE LAS CASAS, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 102 m2. La Comisión de Peritos integrada por CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 9 de septiembre de 2019, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $3.476.500. para el lote N°73. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº 866, de 28 de septiembre de 2020, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 25, 26 y 27, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-75, SECTOR COLICO – CABURGUA NORTE, que figuran a nombre de NARTIMED SA, NARTIMED SA y PALO NEGRO SPA, roles de avalúo 1319-60, 1319-60 y 1319-326, Comuna de CUNCO, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 8.743, 1.869 y 633 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informes de tasación de fecha 21 de junio de 2019, fijó el monto de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $137.158.000.- para el lote N°25, $52.174.600.- para el lote N°26, y $13.281.120.- para el lote N°27. Las indemnizaciones se pagarán al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº 843, de 10 de septiembre de 2020, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 90, 91 y 96, para la obra: MEJORAMIENTO CAMINO BASICO INTERMEDIO MAQUEHUE – BOROA – PUENTE RAGÑINTULEUFU, que figura a nombre de ESPINOZA NECULQUEO EDUVIGES, ESPINOZA NECULQUEO EDUVIGES y BLANCO ANTIPAN CELINDA, roles de avalúo 3212-287, 3212-288 y 3212-439, Comuna de PADRE LAS CASAS, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 621, 727 y 93 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informes de tasación de fecha 21 de octubre de 2019, fijó el monto de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $4.794.750.- para el lote N°90, $5.322.250.- para el lote N°91, y $1.421.750.- para el lote N°96. Las indemnizaciones se pagarán al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº 850, de 10 de septiembre de 2020, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 15.840 y del DFL. MOP. N° 206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 84 y 88, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-785 -T,SECTOR PUENTE PAYA-PUENTE HUIÑOCO II, que figuran a nombre de CORPORACION IGLESIA CRISTIANA EV y OLIVARES SANHUEZA EDITA DEL CARM Y, roles de avalúo 492-128 y 492-74, Comuna de LONCOCHE, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 754 y 263 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informes de tasación de fecha 27 de mayo de 2019, fijó el monto de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $2.101.450.- para el lote N°84, y $1.405.900.- para el lote N°88. Las indemnizaciones se pagarán al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº 849, de 10 de septiembre de 2020, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 15.840 y del DFL. MOP. N° 206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 109 y 111, para la obra: MEJORAMIENTO RUTAS S-464 y S-488: ALMAGRO-BARROS ARANA, que figuran a nombre de MILLAQUEO QUINTREQUEO ELVIRA DEL Y, rol de avalúo 622-192, Comuna de TEODORO SCHMIDT, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 248 y 941 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR, y HANDY GHISLAINE CAMPOS SEPULVEDA, mediante informes de tasación de 13 de julio de 2015, complementado por actas, ambas de fecha 25 de septiembre de 2017, fijó el monto de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $393.240.- para el lote N°109, y $1.203.080.- para el lote N° 111. Las indemnizaciones se pagarán al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº 848, de 10 de septiembre de 2020, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 15.840 y del DFL. MOP. N° 206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 145 y 146, para la obra: MEJORAMIENTO RUTAS S-464 y S-488: ALMAGRO-BARROS ARANA, que figuran a nombre de NAVARRETE SUAREZ CARMEN LUZ, rol de avalúo 622-16, Comuna de NUEVA IMPERIAL, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 1.159 y 6.814 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por ELENA PILAR FRITZ AGÜERO, PAULA ANDREA LAGOS CARRASCO y EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, mediante informes de tasación de 27 de julio de 2015, actas complementarias, ambas de fecha 7 de diciembre de 2017, fijó el monto de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $4.104.100.- para el lote N°145, y $11.180.600.- para el lote N° 146. Las indemnizaciones se pagarán al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº 846, de 10 de septiembre de 2020, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 15.840 y del DFL. MOP. N° 206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 74,76 y 78, para la obra: MEJORAMIENTO RUTAS S-464 y S-488: ALMAGRO-BARROS ARANA, que figuran a nombre de SOC AG FOR STA MARIA, MALLEO PRANAO JORGE RAMON Y OTROS y MALLEO PRANAO JORGE RAMON Y OTROS, roles de avalúo 620-06, 619-354 y 619-354, Comuna de NUEVA IMPERIAL, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 446, 536 y 247 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR y HANDY GHISLAINE CAMPOS SEPULVEDA, mediante informes de tasación de fecha 13 de julio de 2015, fijó el monto de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $1.652.480.- para el lote N°74, $601.680.- para el lote N°76, y $312.360.- para el lote N°78. Las indemnizaciones se pagarán al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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