Extractos Legales

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº833, de 10 de septiembre de 2021, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.1C y 1E, para la obra: SISTEMA DE AGUA POTABLE RURAL VILLA COIHUECO, que figura a nombre de REIDEL WANNER PABLO Y OTROS y LINCO ZUNIGA.JUAN DE D., roles de avalúo 823-34 y 823-8, Comuna de GALVARINO,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 2.246 y 1.029 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 20 de agosto de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $10.177.000 para el lote N°1C, y $3.161.000 para el lote N°1E. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº848, de 15 de septiembre de 2021, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 4, para la obra: MEJORAMIENTO CBI PUTUE BAJO RINCONADA Y CRUCE RUTA S-91 RINCONADA, que figura a nombre de MARIN ALIANTE JUANA MARIA Y OTROS, rol de avalúo 301-298, Comuna de VILLARRICA,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 463 m2. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 13 de abril de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $3.223.500 para el lote N°4. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº828, de 10 de septiembre de 2021, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 14, para la obra: MEJORAMIENTO CBI CRUCE S-269 GENERAL LOPEZ- PADRE LAS CASAS, que figura a nombre de LIEN TRALMA ORFELINA, rol de avalúo 3285-796, Comuna de PADRE LAS CASAS,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 145 m2. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 29 de marzo de 2019, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $988.000 para el lote N°14. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº795, de 03 de septiembre de 2021, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.3, 4, 5, 6 y 7, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA CRUCE S-52 CANCURA -BOLDO HUACHO CRUCE S-482, que figura a nombre de NANCO IGAIMAN MARIANO, NANCO IGAIMAN MARIANO, MERCADO MELIN SERGIO, HUIRIQUEO CURAL MARTIN y MERCADO MELIN SERGIO, roles de avalúo 620-400, 620-400, 620-408, 620-401 y 620-407, Comuna de NUEVA IMPERIAL,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 242, 1.161, 555, 730 y 353 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 16 de abril de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $1.557.000 para el lote N°3, $4.033.000 para el lote N°4, $2.106.250 para el lote N°5, $2.980.500 para el lote N°6, y $4.100.500 para el lote N°7. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº737, de 03 de septiembre de 2021, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 126-B, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-70, SECTOR POCOYAN – PUENTE PEULE, que figura a nombre de JOFRE TAPIA JOSE NELSON, rol de avalúo 204-103, Comuna de TOLTEN,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 416 m2. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 31 de enero de 2020, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $1.483.600 para el lote N°126-B. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº816, de 10 de septiembre de 2021, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.34-A, 35-A y 36-A, para la obra: MEJORAMIENTO CAMINO BASICO INTERMEDIO RUTA S-464 QUEPE – BOROA, que figura a nombre de HUENTEN BELARMINA, QUINCHAVIL MANQUERIF LORENZO y TORRALBO MORA PAOLA ANDREA, roles de avalúo 305-81, 305-82 y 305-99, Comuna de FREIRE,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 71, 392 y 148 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 22 de marzo de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $206.500 para el lote N°34-A, $2.868.000 para el lote N°35-A, y $702.000 para el lote N°36-A. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº726, de 03 de septiembre de 2021, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.28-A, 29-A, 32-A y 33-A, para la obra: MEJORAMIENTO CAMINO BASICO INTERMEDIO RUTA S-464 QUEPE – BOROA, que figura a nombre de LLANQUILEO NANCUVIL ROSA Y OTROS, COLIMAN COLICHEO JUAN DE DIOS, ANCAMIL GODOY GLADYS  DEL PILAR Y OT y ANCAMIL NANCUVIL FRANCISCO, roles de avalúo 305-74, 305-75, 305-77 y 305-65, Comuna de FREIRE,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 441, 570, 545 y 934 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 22 de marzo de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $1.456.500 para el lote N°28-A, $3.235.000 para el lote N°29-A, $1.292.500 para el lote N°32-A, y $6.473.500 para el lote N°33-A. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº786, de 03 de septiembre de 2021, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.1, 2, 3, 5 y 7, para la obra: MEJORAMIENTO CAMINO BASICO INTERMEDIO RUTA S-464 QUEPE – BOROA, que figura a nombre de AGRICOLA Y COMERCIAL NAR LIMITADA, MANQUILEF HUICHAQUEO GAL Y OTROS, MANQUILEF HUICHAQUEO GAL Y OTROS, ANCAMIL MERCADO ABEL ANTONIO y COMUNIDAD INDIGENA JUAN CANIO, roles de avalúo 306-11, 305-160, 305-160, 305-204 y 305-195, Comuna de FREIRE,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 109, 153, 786, 114 y 231 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 09 de abril de 2019, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $1.193.500 para el lote N°1, $544.500 para el lote N°2, $4.043.500 para el lote N°3, $771.000 para el lote N°5, y $2.584.500 para el lote N°7. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº773, de 03 de septiembre de 2021, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.19, 20, 22, 23 y 24, para la obra: MEJORAMIENTO CAMINO BASICO INTERMEDIO RUTA S-464 QUEPE – BOROA, que figura a nombre de LINCOLEO ANTIVIL GABRIEL M, CATRILEO MERCADO DOMINGO, CATRILEO MERCADO DOMINGO, CATRILEO MERCADO ENRIQUE y CATRILEO MERCADO ENRIQUE, roles de avalúo 305-251, 305-244, 305-244, 305-242 y 305-242, Comuna de FREIRE,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 293, 292, 298, 712 y 2.311 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 09 de abril de 2019, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $544.980 para el lote N°19, $918.000 para el lote N°20 y con fecha 10 de abril de 2019, fijó el monto de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $472.000 para el lote N°22, $1.218.000 para el lote N°23, y $6.031.500 para el lote N°24. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº725, de 03 de septiembre de 2021, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.25 y 27, para la obra: MEJORAMIENTO CAMINO BASICO INTERMEDIO RUTA S-464 QUEPE – BOROA, que figura a nombre de NECULPIL CALFILEO JUAN M y LLANQUILEO QUINACHAUIL ANTONIO, roles de avalúo 305-241 y 305-240, Comuna de FREIRE, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 2.670 y 1.791 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 10 de abril de 2019, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $4.835.000 para el lote N°25, y $6.306.500 para el lote N°27. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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