Extractos Legales

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº824, de 08 de septiembre de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.3, 4 y 4-A, para la obra: CONSERVACIÓN RED VIAL REGIÓN DE LA ARAUCANIA (2020-2022) PLAN RECUPERACIÓN, REPOSICIÓN PUENTE HUARA Y SUS ACCESOS, que figura a nombre de ECHEVERRIA VILCHES JOSE FRANCISCO, rol de avalúo 413-9, Comuna de GORBEA,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 240, 103 y 386 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informes de tasación de 04 de marzo de 2021, los lotes N°s. 3 y 4, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $1.532.100 para el lote N°3 y $357.400 para el lote N°4, y con fecha 10 de diciembre de 2021, el lote N°4-A, en $1.002.800 para el lote N°4-A. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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          Por Decreto MOP. (Exento) Nº797, de 08 de septiembre de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.1, 2 y 3, para la obra: CONSERVACIÓN RED VIAL, REGIÓN DE LA ARAUCANIA (2020-2022), PLAN RECUPERACIÓN, REPOSICIÓN PUENTE CHARLEO (RINCO), que figura a nombre de SEIFFERT KREMER GABRIELE, SEIFFERT KREMER GABRIELE y LOVENGREEN VAN DER MEIJDEN ERIK, roles de avalúo 403-20, 403-20 y 405-117, Comuna de GORBEA,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 173, 244 y 98 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 05 de marzo de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $747.900 para el lote N°1, $846.200 para el lote N°2, y $697.600 para el lote N°3. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº782, de 08 de septiembre de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.56-A y 57, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA  S-785 -T,SECTOR  PUENTE PAYA-PUENTE HUIÑOCO II, que figura a nombre de KLENNER REHBEIN RAFAEL WENDELIN, rol de avalúo 485-119, Comuna de LONCOCHE, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 115 y 50 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informes de tasación de fecha 10 de mayo de 2019, lote N°57 y con fecha 30 de diciembre de 2021, lote N°56-A,  fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $687.000 para el lote N°56-A, y $81.000 para el lote N°57. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº754, de 25 de agosto de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 44, para la obra: MEJORAMIENTO CBI ALLIPEN FOLILCO LAFQUEN, que figura a nombre de SALAMANCA HUECHE ISABEL, rol de avalúo 325-283, Comuna de FREIRE,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 616 m2. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 08 de marzo de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $6.998.100 para el lote N°44. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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          Por Decreto MOP. (Exento) Nº752, de 25 de agosto de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 26, para la obra: MEJORAMIENTO CBI ALLIPEN FOLILCO LAFQUEN, que figura a nombre de ANTILEF COLIHUIL JUAN ALBERTO, rol de avalúo 326-338, Comuna de FREIRE,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 301 m2. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 19 de julio de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $3.110.100 para el lote N°26. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº750, de 25 de agosto de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 24, para la obra: MEJORAMIENTO CBI ALLIPEN FOLILCO LAFQUEN, que figura a nombre de CALFUMIL NAVARRO FLORIDA Y OTRO, rol de avalúo 325-749, Comuna de FREIRE,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 627 m2. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 19 de julio de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $6.811.380 para el lote N°24. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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          Por Decreto MOP. (Exento) Nº751, de 25 de agosto de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 20, para la obra: MEJORAMIENTO CBI ALLIPEN FOLILCO LAFQUEN, que figura a nombre de REUMAY HUEIMIL MARCELINA, rol de avalúo 325-630, Comuna de FREIRE,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 856 m2. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 28 de mayo de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $8.359.600 para el lote N°20. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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          Por Decreto MOP. (Exento) Nº755, de 25 de agosto de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 10, para la obra: MEJORAMIENTO CBI CRUCE S-269 GENERAL LOPEZ- PADRE LAS CASAS, que figura a nombre de PINALEF PALACIOS ADELA, rol de avalúo 3283-155, Comuna de PADRE LAS CASAS, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 111 m2. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 29 de marzo de 2019, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $705.200 para el lote N°10. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº777, de 08 de septiembre de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.133, 137, 139 y 141, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-75, SECTOR COLICO – CABURGUA NORTE, que figura a nombre de NUNEZ NUNEZ JUAN PABLO, CARRILLO BUBLITZ FRANS SIGISFREDO, ALVARADO VEGA OMAR RIGOBERTO y OLIVIA MARY BAZLEY GRIFFITHS, roles de avalúo 1319-301, 1319-210, 1319-211 y 1319-198, Comuna de CUNCO,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 277, 359, 313 y 520 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 08 de julio de 2019, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $4.433.500 para el lote N°133, $5.704.500 para el lote N°137, $4.995.500 para el lote N°139, y $8.993.100 para el lote N°141. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº753, de 25 de agosto de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.127 y 128, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-75, SECTOR COLICO – CABURGUA NORTE, que figuran a nombre de FARET CONTRERAS CRISTOBAL DAVID, rol de avalúo 1319-241, Comuna de CUNCO,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 930 y 285 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PABLO ALEJANDRO SEPULVEDA GOMEZ, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 05 de julio de 2019, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $14.590.500 para el lote N°127, y $7.737.750 para el lote N°128. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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