Extractos Legales

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    E X T R A C T O

    Por Decreto MOP. (Exento) Nº94, de 30 de marzo de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.23 y 24, para la obra: MEJORAMIENTO CBI IMPERIAL CARAHUE POR EL BAJO, que figuran a nombre de GAETE SAEZ ENA VICTORIA y GAETE SAEZ ENA VICTORIA, roles de avalúo 606-49 y 606-49, Comuna de NUEVA IMPERIAL, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 166 y 230 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, HANDY GHISLAINE CAMPOS SEPULVEDA y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informes de tasación de fecha 14 de junio de 2021, fijó el monto de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $2.622.000.- para el lote N°23, y $5.098.900.- para el lote N°24. Las indemnizaciones se pagarán al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

    Por Decreto MOP. (Exento) Nº93, de 30 de marzo de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.29, 30 y 31, para la obra: MEJORAMIENTO CBI IMPERIAL CARAHUE POR EL BAJO, que figuran a nombre de GAETE SAEZ ENA VICTORIA, GAETE SAEZ ENA VICTORIA y GAETE SAEZ ENA VICTORIA, roles de avalúo 606-49, 606-49 y 606-49, Comuna de NUEVA IMPERIAL, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 131, 87 y 211 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, HANDY GHISLAINE CAMPOS SEPULVEDA y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informes de tasación de fecha 14 de junio de 2021, fijó el monto de las indemnizaciones provisionales en las cantidades de $2.079.950.- para el lote N°29, $3.444.400.- para el lote N°30, y $1.729.200.- para el lote N°31. Las indemnizaciones se pagarán al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº16, de 20 de enero de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960 y artículo 12°, de la ley N°18.777, se expropió para la Empresa de Servicios Sanitarios San Isidro S.A. (ESSSI S.A), el lote de terreno  A, para la obra: RECINTO PEAS LOS ROBLES, que figura a nombre de FRANCISCO MARTIN HUALA, inscrito en el Registro de Propiedad Fs. 1986 v, N°1998, año 2000, CBR Temuco, Comuna de TEMUCO,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 224 m2. La Comisión de Peritos integrada por CLAUDIO ALEJANDRO ROMO SANHUEZA, ARTURO OSVALDO CANTOS OYARZUN y CONSTANZA VICTORIA HILDA MIHOEVIC GONZALEZ, mediante informe de tasación de 06 de agosto de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $6.066.412 para el lote A. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº1259, de 25 de noviembre de 2021, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.1 y 2, para la obra: SISTEMA DE AGUA POTABLE RURAL BAJADA DE PIEDRA, que figura a nombre de LARRONDO JARA BERNARDO GALO, roles de avalúo 304-1 y 304-18, Comuna de PITRUFQUEN,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 4.400 y 1.370 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 06 de octubre de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $28.275.000 para el lote N°1, y $7.809.000 para el lote N°2. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº1193, de 11 de noviembre de 2021, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 5, para la obra: MEJORAMIENTO VARIANTE ZANJA, que figura a nombre de MORENO LINCOLEO MIGUEL, rol de avalúo 3208-48, Comuna de PADRE LAS CASAS,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 132 m2. La Comisión de Peritos integrada por PABLO ALEJANDRO SEPULVEDA GOMEZ, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 09 de abril de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $3.140.000 para el lote N°5. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº 1203, de 11 de noviembre de 2021, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 84, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-70 S: POCOYAN – PUENTE PEULE, COMUNA DE TOLTÉN, REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, que figura a nombre de ESCALONA VARGAS JORGE ERNESTO Y OTR, rol de avalúo 206-15, Comuna de TOLTÉN, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 4.780 m2.  La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de fecha 12 de abril de 2017, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $8.747.400.- para el lote   N° 84.  La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.  Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº1280, de 25 de noviembre de 2021, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.3, 8 y 9, para la obra: SISTEMA DE AGUA POTABLE RURAL BAJADA DE PIEDRA, que figura a nombre de LARRONDO JARA BERNANDO GALO, IBARRA RIOS JUAN ANDRES y RODRIGUEZ CHANDIA JUAN R, roles de avalúo 304-147, 305-206 y 305-87, Comuna de PITRUFQUEN,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 2.105, 640 y 4.578 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 30 de agosto de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $17.488.500 para el lote N°3, $3.488.000 para el lote N°8, y $24.034.500 para el lote N°9. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº1319, de 25 de noviembre de 2021, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 1, para la obra: SISTEMA DE AGUA POTABLE RURAL EL ESCUDO Y LAS MINAS, que figura a nombre de CERMAQ CHILE S.A., rol de avalúo 304-411, Comuna de LAUTARO,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 1.734 m2. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 31 de agosto de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $3.366.000 para el lote N°1. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº1052, de 08 de noviembre de 2021, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 1, para la obra: SISTEMA DE AGUA POTABLE RURAL LLAU LLAU, que figura a nombre de FIGUEROA HUERTA ROXANA JIMENA, rol de avalúo 325-203, Comuna de VILLARRICA,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 472 m2. La Comisión de Peritos integrada por MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, DORY GISELA DONOSO SALGADO y VICTORIA ADRIANA BLANCO COSTA, mediante informe de tasación de 24 de agosto de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $16.241.000 para el lote N°1. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº 1119, de 08 de noviembre de 2021, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 120, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-70 S: POCOYAN – PUENTE PEULE, COMUNA DE TOLTÉN, REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, que figura a nombre de PINEDA AGUAYO ROSA IRIS, rol de avalúo 205-53, Comuna de TOLTÉN, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 723 m2.  La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de fecha 12 de abril de 2017, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $1.680.890.- para el lote N° 120.  La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.  Fiscalía MOP.

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