Extractos Legales

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº 1123, de 08 de noviembre de 2021, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N° 93 y 94, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-70 S: POCOYAN – PUENTE PEULE, COMUNA DE TOLTÉN, REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, que figuran a nombre de CARMELA WEBRANEZ PAINEO, rol de avalúo 205-7, Comuna de TOLTÉN, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 13.557 y 1.592 m2.  La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de fecha 12 de abril de 2017, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $23.300.910.- para el lote  N° 93 y $2.311.860.- para el lote N°94.  La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.  Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº 1140, de 08 de noviembre de 2021, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 75, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-70 S: POCOYAN – PUENTE PEULE, COMUNA DE TOLTÉN, REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, que figura a nombre de JIMENEZ JARAMILLO BERTA AGUSTINA Y, rol de avalúo 206-309, Comuna de TOLTÉN, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 2.537 m2.  La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de fecha 21 de diciembre de 2015, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $2.966.500.- para el lote N° 75.  La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.  Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº 1030, de 29 de octubre de 2021, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N° 11, 12-A y 12-B,  para la obra: MEJORAMIENTO RUTA R-444 LOS SAUCES LUMACO POR LAS ROZAS, que figuran a nombre de INVERSIONES AGRIFORZA S A, INVERSIONES AGRIFORZA S A y SOCIEDAD AGRIFORZA S.A. roles de avalúo 129-54, 129-54 y 129-243, comuna de Los Sauces, superficies 135, 2.523 y 1.038 m2 respectivamente.  La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, PABLO ALEJANDRO SEPULVEDA GOMEZ y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de fecha 5 de mayo de 2017, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $707.100.- para el lote N°11 y con fecha 06 de agosto de 2018, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $4.641.920.- para el lote 12-A y $2.177.880.- para el lote N°12-B.  Las indemnizaciones se pagarán al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.  Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº 1106, de 08 de noviembre de 2021, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N° 123, 124 y 125, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-70 S: POCOYAN – PUENTE PEULE, COMUNA DE TOLTÉN, REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, que figura a nombre de BUCK KONING WILLIAMS RICHARD Y OTRO, rol de avalúo 204-4, Comuna de TOLTÉN, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 267, 269 y 1.246 m2.  La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de fecha 12 de abril de 2017, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $1.371.710.- para el lote  N° 123, $1.780.270.- para el lote N°124 y $3.584.480.- para el lote N°125.  La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.  Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº1009, de 27 de octubre de 2021, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.1, 2, 9, 15 y 19, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA CRUCE S-52 CANCURA -BOLDO HUACHO CRUCE S-482, que figura a nombre de BUSTOS CURIQUEO PEDRO ANTONIO Y OTR, BUSTOS CURIQUEO PEDRO ANTONIO Y OTR, BUSTOS VALENZUELA VICTOR J, MELIN MELIN EXQUIEL y MELIN HUAIQUIMIL ANDRES HUIRCAN Y O, roles de avalúo 619-477, 619-477, 620-404, 605-283 y 605-278, Comuna de NUEVA IMPERIAL,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 351, 211, 1.045, 752 y 149 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 16 de abril de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $1.091.000 para el lote N°1, $1.328.000 para el lote N°2, $1.828.000 para el lote N°9, $2.655.000 para el lote N°15, y $492.000 para el lote N°19. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº861, de 23 de septiembre de 2021, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 8, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA CRUCE S-52 CANCURA -BOLDO HUACHO CRUCE S-482, que figura a nombre de HUIRIQUEO CURAL ANTONIO SEGUNDO, rol de avalúo 620-402, Comuna de NUEVA IMPERIAL, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 140 m2. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 16 de abril de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $587.000 para el lote N°8. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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              Por Decreto Exento  MOP. Nº 748,  de 3 de septiembre de 2021,  se dejó sin efecto los numerales  3º, 4º, 5º y 6º, del Decreto Exento MOP. Nº966, de 30 de agosto de 2019, en la parte que se refiere al Convenio Directo de Precio Ad-Referéndum, a la suscripción de la escritura pública de expropiación y en lo que respecta a la indemnización del lote de terreno Nº121, expropiado con motivo de la obra: Mejoramiento Ruta S-70 S: Pocoyan – Puente Peule, comuna de Toltén, Región de la Araucanía.  Consígnese judicialmente el monto provisional de la indemnización fijada mediante tasación de 12 de abril de 2017, ascendente a la cantidad de $694.320.- para el lote N°121.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.  Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº912, de 05 de octubre de 2021, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.22, 25 y 26, para la obra: MEJORAMIENTO CBI IMPERIAL CARAHUE POR EL BAJO, que figura a nombre de GAETE SAEZ ENA VICTORIA, rol de avalúo 606-49, Comuna de NUEVA IMPERIAL, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 16, 116 y 64 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, HANDY GHISLAINE CAMPOS SEPULVEDA y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 14 de junio de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $135.800 para el lote N°22, $1.392.100 para el lote N°25, y $303.200 para el lote N°26. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº864, de 23 de septiembre de 2021, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.93 y 94, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-75, SECTOR COLICO – CABURGUA NORTE, que figura a nombre de KLEINSTEUBER WILSON JOHN ALECK y SOC. DE INVERS.E ING. INGEA LTDA, roles de avalúo 1319-222 y 1319-223, Comuna de CUNCO,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 539 y 454 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 03 de julio de 2019, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $8.580.700 para el lote N°93, y $7.321.850 para el lote N°94. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº785, de 03 de septiembre de 2021, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 29 y 34, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-75, SECTOR COLICO – CABURGUA NORTE, que figura a nombre de PALO NEGRO SPA y MOLINA VILLABLANCA BORIS RODRIGO, roles de avalúo 1319-326 y 1319-325, Comuna de CUNCO,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 2.181 y 928 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 21 de junio de 2019, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $45.283.840 para el lote N°29, y $16.286.000 para el lote N°34. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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