Extractos Legales

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          Por Decreto MOP. (Exento) Nº752, de 25 de agosto de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 26, para la obra: MEJORAMIENTO CBI ALLIPEN FOLILCO LAFQUEN, que figura a nombre de ANTILEF COLIHUIL JUAN ALBERTO, rol de avalúo 326-338, Comuna de FREIRE,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 301 m2. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 19 de julio de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $3.110.100 para el lote N°26. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº750, de 25 de agosto de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 24, para la obra: MEJORAMIENTO CBI ALLIPEN FOLILCO LAFQUEN, que figura a nombre de CALFUMIL NAVARRO FLORIDA Y OTRO, rol de avalúo 325-749, Comuna de FREIRE,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 627 m2. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 19 de julio de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $6.811.380 para el lote N°24. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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          Por Decreto MOP. (Exento) Nº751, de 25 de agosto de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 20, para la obra: MEJORAMIENTO CBI ALLIPEN FOLILCO LAFQUEN, que figura a nombre de REUMAY HUEIMIL MARCELINA, rol de avalúo 325-630, Comuna de FREIRE,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 856 m2. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 28 de mayo de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $8.359.600 para el lote N°20. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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          Por Decreto MOP. (Exento) Nº755, de 25 de agosto de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 10, para la obra: MEJORAMIENTO CBI CRUCE S-269 GENERAL LOPEZ- PADRE LAS CASAS, que figura a nombre de PINALEF PALACIOS ADELA, rol de avalúo 3283-155, Comuna de PADRE LAS CASAS, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 111 m2. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 29 de marzo de 2019, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $705.200 para el lote N°10. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº777, de 08 de septiembre de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.133, 137, 139 y 141, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-75, SECTOR COLICO – CABURGUA NORTE, que figura a nombre de NUNEZ NUNEZ JUAN PABLO, CARRILLO BUBLITZ FRANS SIGISFREDO, ALVARADO VEGA OMAR RIGOBERTO y OLIVIA MARY BAZLEY GRIFFITHS, roles de avalúo 1319-301, 1319-210, 1319-211 y 1319-198, Comuna de CUNCO,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 277, 359, 313 y 520 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 08 de julio de 2019, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $4.433.500 para el lote N°133, $5.704.500 para el lote N°137, $4.995.500 para el lote N°139, y $8.993.100 para el lote N°141. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº753, de 25 de agosto de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.127 y 128, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-75, SECTOR COLICO – CABURGUA NORTE, que figuran a nombre de FARET CONTRERAS CRISTOBAL DAVID, rol de avalúo 1319-241, Comuna de CUNCO,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 930 y 285 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PABLO ALEJANDRO SEPULVEDA GOMEZ, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 05 de julio de 2019, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $14.590.500 para el lote N°127, y $7.737.750 para el lote N°128. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº747, de 25 de agosto de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.117, 118, 125 y 126, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-75, SECTOR COLICO – CABURGUA NORTE, que figuran a nombre de GUZMAN IPARRAGUIRRE M ANGELICA,  roles de avalúo 1319-236, lotes 117 y 118 y 1319-240, lotes 125 y 126, Comuna de CUNCO,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 1.951, 186, 971 y 222 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PABLO ALEJANDRO SEPULVEDA GOMEZ, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 05 de julio de 2019, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $29.752.750 para el lote N°117, $5.049.900 para el lote N°118, $15.211.750 para el lote N°125, y $6.027.300 para el lote N°126. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

    Por Decreto MOP. (Exento) Nº654, de 17 de agosto de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.103, 104 y 105, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-75, SECTOR COLICO – CABURGUA NORTE, que figura a nombre de SOC. DE INV. EL RETAB, SOC. DE INV. EL RETAB y EL RETABLO S.A., roles de avalúo 1319-228, 1319-228 y 1319-229, Comuna de CUNCO,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 209, 227 y 191 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO y CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR, mediante informe de tasación de 04 de julio de 2019, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $5.789.000 para el lote N°103, $6.970.800 para el lote N°104, y $4.528.900 para el lote N°105. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

    Por Decreto MOP. (Exento) Nº653, de 17 de agosto de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.50 y 51, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-75, SECTOR COLICO – CABURGUA NORTE, que figura a nombre de MELEJ BUSTOS DIEGO ALFONSO Y OTROS, rol de avalúo 1319-318, Comuna de CUNCO,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 250 y 120 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO y CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR, mediante informe de tasación de 02 de julio de 2019, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $3.875.000 para el lote N°50, y $4.240.500 para el lote N°51. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

    Por Decreto MOP. (Exento) Nº650, de 17 de agosto de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.106 y 107, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-75, SECTOR COLICO – CABURGUA NORTE, que figura a nombre de GUZMAN IPARRAGUIRRE M ANGELICA, rol de avalúo 1319-230, Comuna de CUNCO,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 175 y 773 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PATRICIO FERNANDO CASAGRANDE ULLOA, MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO y CLAUDIO HERNÁN ANGULO SOTOMAYOR, mediante informe de tasación de 04 de julio de 2019, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $3.058.600 para el lote N°106, y $21.393.300 para el lote N°107. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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