Extractos Legales

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº 1076, de 28 de noviembre de 2023, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 3-A y 6, para la obra: OBRA DE EMERGENCIA N°13/2014, PUENTE MALLOCO, COMUNA DE VILLARRICA, REGION DE LA ARAUCANIA, que figuran a nombre de SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES y VALENZUELA QUINONES JOSEFINA DEL Y, roles de avalúo 306-10 y 314-20, Comuna de VILLARRICA, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 1.156 y 606 m2.  La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, ENEDINA DEL CARMEN CID RAMIREZ y PAULA ANDREA LAGOS CARRASCO, mediante informe de tasación de fecha 15 de mayo de 2016, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $9.128.305.- para el lote N° 3-A y $2.375.365.- para el lote N°6.  La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.  Fiscalía MOP.

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    Por Decreto (Exento)  MOP. Nº1042,  de 28 de noviembre de 2023,  se dejó sin efecto los numerales  3º, 4º, 5º y 6º, del Decreto (Exento) MOP. Nº150, de 28 de abril de 2023, en la parte que se refiere al Convenio Ad-Referéndum de Indemnización Definitiva de Expropiación, a la suscripción de la escritura de expropiación y en lo que respecta a la indemnización del lote de terreno Nº68, expropiado con motivo de la obra: Camino Almagro – Rulo – Cardal – Puente Fierro, Sector Km. 0,60000 al Km. 8,50000, Comuna de Nueva Imperial, Provincia de Cautín, Región de la Araucanía. Consígnese judicialmente el monto provisional de la indemnización fijada mediante tasación de 12 de julio de 2011, ascendente a la cantidad de $247.500, para el lote N°68. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto Exento  MOP. Nº 1043, de 28 de noviembre de 2023, se modificó el numeral segundo del Decreto Exento MOP. N°154, de 04 de mayo de 2022, quedando de la siguiente forma: lote N°40, que figura a nombre de HUENCHUN ANTICOY JUANA, ubicado en la comuna de Nueva Imperial, rol de avalúo 606-530, superficie 93 m2. Complementando el informe de tasación de fecha 14 de junio de 2021, con acta de 05 de diciembre de 2022, de la Jefa Subdepto de Expropiaciones Vialidad Región de La Araucanía.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº946, de 16 de noviembre de 2023, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 2, para la obra: DISEÑO DEFINITIVO DE LA RED SECUNDARIA Y TERCIARIA DE CANALES DE RIEGO PROYECTO FAJA MAISAN OBRA CANAL AGUSTINAS SECTOR:CANAL AGUSTINAS DERIVADO 6-4, que figura a nombre de RAIN LLANCAFIL VICTORIA, rol de avalúo 389-49, Comuna de PITRUFQUEN,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 1.119 m2. La Comisión de Peritos integrada por TATIANA YASMIN GUTIERREZ ORTIZ, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 30 de noviembre de 2020, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $2.244.800 para el lote N°2. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº954, de 16 de noviembre de 2023, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.1, 2 y 3, para la obra: DISEÑO DEFINITIVO DE LA RED SECUNDARIA Y TERCIARIA DE CANALES DE RIEGO PROYECTO FAJA MAISAN OBRA CANAL AGUSTINAS SECTOR:CANAL AGUSTINAS DERIVADO 6-3, que figura a nombre de LICANQUEO LICANQUEO LUZ IRENIA, SUC.RAIN ANTIQUEO ANDRES ABELINO y RAIN GAMONAL LIDIA MATILDE Y OTROS, roles de avalúo 389-45, 389-46 y 389-47, Comuna de PITRUFQUEN,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 1.826, 195 y 1.391 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por TATIANA YASMIN GUTIERREZ ORTIZ, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 30 de noviembre de 2020, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $4.534.700 para el lote N°1, $409.600 para el lote N°2, y $6.710.600 para el lote N°3. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº944, de 16 de noviembre de 2023, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 1, para la obra: DISEÑO DEFINITIVO DE LA RED SECUNDARIA Y TERCIARIA DE CANALES DE RIEGO PROYECTO FAJA MAISAN OBRA CANAL AGUSTINAS SECTOR:CANAL AGUSTINAS DERIVADO 6-2, que figura a nombre de LICANQUEO  LICANQUEO LUZ IRENIA, rol de avalúo 389-45, Comuna de PITRUFQUEN, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 712 m2. La Comisión de Peritos integrada por TATIANA YASMIN GUTIERREZ ORTIZ, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 30 de noviembre de 2020, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $2.288.700 para el lote N°1. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº952, de 16 de noviembre de 2023, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 1, para la obra: DISEÑO DEFINITIVO DE LA RED SECUNDARIA Y TERCIARIA DE CANALES DE RIEGO PROYECTO FAJA MAISAN OBRA CANAL AGUSTINAS SECTOR:CANAL AGUSTINAS DERIVADO 6, que figura a nombre de LLANCALEO LLANCALEO MARCOS AGUSTIN, rol de avalúo 389-2, Comuna de PITRUFQUEN,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 1.625 m2. La Comisión de Peritos integrada por TATIANA YASMIN GUTIERREZ ORTIZ, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 30 de noviembre de 2020, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $4.053.500 para el lote N°1. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº956, de 16 de noviembre de 2023, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.6, 8 y 9, para la obra: DISEÑO DEFINITIVO DE LA RED SECUNDARIA Y TERCIARIA DE CANALES DE RIEGO PROYECTO FAJA MAISAN OBRA CANAL AGUSTINAS SECTOR:CANAL AGUSTINAS DERIVADO 6, que figura a nombre de MANQUE RAIN ELBA, LICANQUEO LICANQUEO LUZ IRENIA y GAMONAL RAIN HERMINDA Y OTROS, roles de avalúo 389-52, 389-45 y 389-48, Comuna de PITRUFQUEN,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 379, 1.627 y 1.142 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por TATIANA YASMIN GUTIERREZ ORTIZ, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 30 de noviembre de 2020, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $2.208.800 para el lote N°6, $5.629.200 para el lote N°8, y $4.519.300 para el lote N°9. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº989, de 16 de noviembre de 2023, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.78, 79 y 80, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA CRUCE S-52 CANCURA -BOLDO HUACHO CRUCE S-482, que figura a nombre de SUC. CONCHA VELASQUEZ DIGNA G, SUC. CONCHA VELASQUEZ DIGNA G e IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA Y, roles de avalúo 558-115, 558-115 y 558-114, Comuna de NUEVA IMPERIAL,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 135, 146 y 161 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 14 de octubre de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $572.000 para el lote N°78, $1.249.500 para el lote N°79, y $161.000 para el lote N°80. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº997, de 16 de noviembre de 2023, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 75, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA CRUCE S-52 CANCURA -BOLDO HUACHO CRUCE S-482, que figura a nombre de NANCO CURIVIL PASCUAL ANTONIO Y OTR, rol de avalúo 558-138, Comuna de NUEVA IMPERIAL, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 382 m2. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 14 de octubre de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $1.335.500 para el lote N°75. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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