Extractos Legales

  • AVISO LEGAL

    Apertura de la Sucesión de don Allan Leslie Cooper Allan y Aceptación de Albaceazgo

    Luis Cristóbal Correa Larraín; domiciliado en Avenida Presidente Riesco 5.711, oficina 903, comuna de Las Condes, Santiago; como albacea con tenencia de bienes y en cumplimiento del artículo 1285 del Código Civil, da cuenta a todos los interesados, de la apertura de la sucesión quedada al fallecimiento de don Allan Leslie Cooper Allan; fallecido el 15 de mayo de 2021, con último domicilio  en la comuna de Vilcún, Novena Región y cuyo testamento fue otorgado mediante escritura pública de fecha 20 de junio de 2017, ante el notario público de Santiago don Gustavo Montero Marti, reemplazante del titular de la Cuadragésima Octava Notaría de Santiago, don Roberto Antonio Cifuentes Allel. El albacea comunicó su aceptación al cargo, por presentación escrita en los autos de partición llevados ante la Jueza Partidora Daniela Horvitz Lennon con fecha 5 de agosto de 2022. El albacea.

  • AVISO LEGAL

    Apertura de la Sucesión de don Allan Leslie Cooper Allan y Aceptación de Albaceazgo

    Luis Cristóbal Correa Larraín; domiciliado en Avenida Presidente Riesco 5.711, oficina 903, comuna de Las Condes, Santiago; como albacea con tenencia de bienes y en cumplimiento del artículo 1285 del Código Civil, da cuenta a todos los interesados, de la apertura de la sucesión quedada al fallecimiento de don Allan Leslie Cooper Allan; fallecido el 15 de mayo de 2021, con último domicilio en la comuna de Vilcún, Novena Región y cuyo testamento fue otorgado mediante escritura pública de fecha 20 de junio de 2017, ante el notario público de Santiago don Gustavo Montero Marti, reemplazante del titular de la Cuadragésima Octava Notaría de Santiago, don Roberto Antonio Cifuentes Allel. El albacea comunicó su aceptación al cargo, por presentación escrita en los autos de partición llevados ante la Jueza Partidora Daniela Horvitz Lennon con fecha 5 de agosto de 2022. El albacea.

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         EXTRACTO

    Por Decreto MOP. (Exento) Nº 842, de 20 de septiembre de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 6,  para la obra: CAMINO RUTA S-442, SECTOR MAHUIDANCHE – MISION INGLESA, KM. 0,60000 AL KM. 7,97000, que figuran a nombre de SANDOVAL ANCAVIL ADELAIDA MARISO, rol de avalúo 307-248, comuna de FREIRE, superficies 1.143 m2 respectivamente.  La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA,  ENEDINA DEL CARMEN CID RAMIREZ y MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de fecha 3 de diciembre de 2012, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $2.401.400.- para el lote N°6.  La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.  Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº 834, de 20 de septiembre de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N° 98 y 100,  para la obra: CAMINO ALMAGRO – RULO CARDAL – PUENTE FIERRO, SECTOR KM. 0,60000 AL KM. 8,50000, que figuran a nombre de COLIHUINCA ANDRES ORFELINA, roles de avalúo 604-599 y 604-614, comuna de NUEVA IMPERIAL, superficies 83 y 172 m2 respectivamente.  La Comisión de Peritos integrada por ENEDINA DEL CARMEN CID RAMIREZ, PABLO ALEJANDRO SEPULVEDA GOMEZ y EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, mediante informe de tasación de fecha 12 de julio de 2011, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $124.250.- para el lote N°98 y $229.500.- para el lote N°100.  Las indemnizaciones se pagarán al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.  Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº 787, de 08 de septiembre de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 1, para la obra: MEJORAMIENTO CAMINO BASICO INTERMEDIO 2da FAJA EL VOLCAN, que figura a nombre de SOC AGRICOLA LO CAMPINO LIMITADA, rol de avalúo 314-38, Comuna de VILLARRICA, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 456 m2.  La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y  MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de fecha 25 de mayo de 2017, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $3.797.000.- para el lote N° 1.  La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.  Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº 857, de 23 de septiembre de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N° 1, 4, 9 y 11,  para la obra: CAMINO ALMAGRO – RULO CARDAL – PUENTE FIERRO, SECTOR KM. 0,60000 AL KM. 8,50000, que figuran a nombre de MONTUPIL CURIN CARMEN ELISA Y OTROS, HUECHUN CONA LUISA, HUINCHAQUEO PICHIPIL ANA ROSA y HUECHUN CONA LUISA, roles de avalúo 619-385, 604-140, 604-135 y 604-153, comuna de NUEVA IMPERIAL, superficies 138, 45, 107 y 108 m2 respectivamente.  La Comisión de Peritos integrada por ENEDINA DEL CARMEN CID RAMIREZ, PABLO ALEJANDRO SEPULVEDA GOMEZ y EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, mediante informe de tasación de fecha 12 de julio de 2011, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $172.500.- para el lote N°1 $33.750.- para el lote N°4.- $937.750.- para el lote N°9 y $88.000.- para el lote N°11.  Las indemnizaciones se pagarán al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.  Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº 819, de 08 de septiembre de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 3, para la obra: CONSERVACION CAMINO BASICO MAHUIDACHE – MISION INGLESA, TRAMO Km. 0,00000 – Km. 7,95000, que figura a nombre de DE LA JARA FAURE IVONNE GUILLERM Y, rol de avalúo 307-535, Comuna de FREIRE, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 1.161 m2.  La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, ENEDINA DEL CARMEN CID RAMIREZ y MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, mediante informe de tasación de fecha 5 de febrero de 2015, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $3.947.150.- para el lote N° 3.  La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.  Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº854, de 20 de septiembre de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 3, para la obra: DISEÑO DEFINITIVO DE LA RED SECUNDARIA Y TERCIARIA DE CANALES DE RIEGO PROYECTO FAJA MAISAN OBRA CANAL AGUSTINAS SECTOR:CANAL AGUSTINAS DERIVADO 6, que figura a nombre de MAYO LAFQUEN RAIN HUMBERTA, rol de avalúo 389-72, Comuna de PITRUFQUEN,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 1.550 m2. La Comisión de Peritos integrada por TATIANA YASMIN GUTIERREZ ORTIZ, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 30 de noviembre de 2020, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $4.405.250 para el lote N°3. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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       EXTRACTO

       Por Decreto MOP. (Exento) Nº847, de 20 de septiembre de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.64-A y 68-B, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA  S-785 -T, SECTOR  PUENTE PAYA-PUENTE HUIÑOCO II, que figura a nombre de COMUNIDAD INDIGENA ANTONIO CAYULEF y LLANQUILEO COLIHUINCA SUSANA BEL, roles de avalúo 491-111 y 491-78, Comuna de LONCOCHE,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 152 y 61 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 30 de diciembre de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $514.520 para el lote N°64-A, y $267.300.- para el lote N°68-B. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº838, de 20 de septiembre de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.1, 1-A y 2, para la obra: CONSERVACIÓN RED VIAL REGIÓN DE LA ARAUCANIA (2020-2022) PLAN RECUPERACIÓN, REPOSICIÓN PUENTE HUARA Y SUS ACCESOS, que figura a nombre de ISLA CELEDON RAMON, ISLA CELEDON RAMON y SAN MARTIN ANGEL, roles de avalúo 413-8, 413-8 y 413-29, Comuna de GORBEA,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 180, 37 y 637 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 04 de marzo de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $730.800 para el lote N°1, $2.957.100 para el lote N°2 y con fecha 10 de diciembre de 2021, en $242.850 para el lote N°1-A. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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