Extractos Legales

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    E X T R A C T O 

    Por Decreto MOP. (Exento) Nº 1401, de 22 de noviembre de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N°48, para la obra: CAMINO MEJORAMIENTO RUTA S-222 HUALACURA LOS BOLDOS, SECTOR HUALACURA LOS BOLDOS, TRAMO KM. 0,000 A KM. 13,49200, que figura a nombre de LEUFUMAN NECULQUEO PATRICIO W Y OTR, rol de avalúo 603-65, Comuna de NUEVA IMPERIAL, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 157.14 m2.  La Comisión de Peritos integrada por CESAR NOLBERTO CAMPOS VERGARA, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y PABLO ALEJANDRO SEPULVEDA GOMEZ, mediante informe de tasación de fecha 27 de mayo de 2012,  fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $337.855.- para el lote N° 48.  La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.  Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº 1168, de 09 de noviembre de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N°16-A, para la obra: CAMINO MEJORAMIENTO RUTA S-222 HUALACURA LOS BOLDOS, SECTOR HUALACURA LOS BOLDOS, TRAMO KM. 0,000 A KM. 13,49200, que figura a nombre de PICHULMAN PAINECURA PEDRO SEGUND Y, rol de avalúo 603-281, Comuna de NUEVA IMPERIAL, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 109.00 m2.  La Comisión de Peritos integrada por CESAR NOLBERTO CAMPOS VERGARA, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y PABLO ALEJANDRO SEPULVEDA GOMEZ, mediante informe de tasación de fecha 05 de septiembre de 2017,  fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $670.440.- para el lote N° 16-A.  La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.  Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

        Por Decreto MOP. (Exento) Nº 1167, de 09 de noviembre de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N°2, para la obra: MEJORAMIENTO ACCESO PORTAL SAN FRANCISCO – TEMUCO, DE KM. 0,42231 A KM.0,73323, que figura a nombre de NAHUEL MILLAVIL MARIA, rol de avalúo 3300-3, Comuna de TEMUCO, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 211 m2.  La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y PAULA ANDREA LAGOS CARRASCO, mediante informe de tasación de fecha 19 de marzo de 2014, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $1.118.950.- para el lote N° 2.  La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.  Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº 1164, de 09 de noviembre de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 75 y 76, para la obra: CAMINO MEJORAMIENTO RUTA S-222 HUALACURA LOS BOLDOS, SECTOR HUALACURA LOS BOLDOS, TRAMO KM. 0,000 A KM. 13,49200, que figuran a nombre de SUC. CANIULAO COLLIO JUAN, rol de avalúo 615-252, Comuna de NUEVA IMPERIAL, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 37.00 y 82.00 m2.  La Comisión de Peritos integrada por CESAR NOLBERTO CAMPOS VERGARA, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y PABLO ALEJANDRO SEPULVEDA GOMEZ, mediante informe de tasación de fecha 27 de mayo de 2012,  fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $33.000.- para el lote N° 75 y $167.750.- para el lote N°76.  La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.  Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº 1162, de 09 de noviembre de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N°74, para la obra: CAMINO MEJORAMIENTO RUTA S-222 HUALACURA LOS BOLDOS, SECTOR HUALACURA LOS BOLDOS, TRAMO KM. 0,000 A KM. 13,49200, que figura a nombre de CANIULAO PAINECURA NAHUEL Y OTROS, rol de avalúo 615-253, Comuna de NUEVA IMPERIAL, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 348.46 m2.  La Comisión de Peritos integrada por CESAR NOLBERTO CAMPOS VERGARA, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y PABLO ALEJANDRO SEPULVEDA GOMEZ, mediante informe de tasación de fecha 27 de mayo de 2012,  fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $381.345.- para el lote N° 74.  La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.  Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº 1153, de 09 de noviembre de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N° 62, 63 y 64,  para la obra: CAMINO ALMAGRO – RULO CARDAL – PUENTE FIERRO, SECTOR KM. 0,60000 AL KM. 8,50000, que figuran a nombre de MOLINA JIMENEZ MIRTA NER Y OTROS, PILQUIL CURIQUEO JUANA y PILQUIL MELIPIL PEDRO, roles de avalúo 605-34, 604-88 y 604-89, comuna de NUEVA IMPERIAL, superficies 216, 104 y 83 m2 respectivamente.  La Comisión de Peritos integrada por ENEDINA DEL CARMEN CID RAMIREZ, PABLO ALEJANDRO SEPULVEDA GOMEZ y EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, mediante informe de tasación de fecha 12 de julio de 2011, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $317.000.- para el lote N°62, $78.000.- para el lote N°63.- y $ $253.750.- para el lote N°64.  Las indemnizaciones se pagarán al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.  Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº 1149, de 09 de noviembre de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N°62, para la obra: CAMINO MEJORAMIENTO RUTA S-222 HUALACURA LOS BOLDOS, SECTOR HUALACURA LOS BOLDOS, TRAMO KM. 0,000 A KM. 13,49200, que figura a nombre de MELIQUEO CURIN ROSA, rol de avalúo 615-102, Comuna de NUEVA IMPERIAL, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 164.48 m2.  La Comisión de Peritos integrada por CESAR NOLBERTO CAMPOS VERGARA, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y PABLO ALEJANDRO SEPULVEDA GOMEZ, mediante informe de tasación de fecha 27 de mayo de 2012,  fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $123.360.- para el lote N° 62.  La indemnización se pagará al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.  Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

    Por Decreto MOP. (Exento) Nº 1120, de 09 de noviembre de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N° 29 y 34,  para la obra: CAMINO ALMAGRO – RULO CARDAL – PUENTE FIERRO, SECTOR KM. 0,60000 AL KM. 8,50000, que figuran a nombre de CONA CANIULAF IRMA DEL CARMEN Y OTR y TRANAMIL CONA JULIO, roles de avalúo 604-279 y 604-310, comuna de NUEVA IMPERIAL, superficies 64 y 132 m2 respectivamente.  La Comisión de Peritos integrada por ENEDINA DEL CARMEN CID RAMIREZ, PABLO ALEJANDRO SEPULVEDA GOMEZ y EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, mediante informe de tasación de fecha 12 de julio de 2011, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $48.000.- para el lote N°29 y $99.000.- para el lote N°34.  Las indemnizaciones se pagarán al contado.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.  Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº 1413, de 22 de noviembre de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 1 y 4, para la obra: OBRA DE EMERGENCIA N°13/2014, PUENTE MALLOCO, COMUNA DE VILLARRICA, REGION DE LA ARAUCANIA, que figuran a nombre de PAILLLALAFQUEN YANEZ BERNARDO y RIBERA BRAVO DAPHNE MARIA CECILI Y, roles de avalúo 306-257 y 314-46, Comuna de VILLARRICA, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 81 y 64 m2.  La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, ENEDINA DEL CARMEN CID RAMIREZ y PAULA ANDREA LAGOS CARRASCO, mediante informe de tasación de fecha 4 de mayo de 2015, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $371.500.- para el lote N° 1 y $829.500.- para el lote N°4.  La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.  Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

          Por Decreto MOP. (Exento) Nº 1412, de 22 de noviembre de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N°5, para la obra: OBRA DE EMERGENCIA N°13/2014, PUENTE MALLOCO, COMUNA DE VILLARRICA, REGION DE LA ARAUCANIA, que figuran a nombre de ZURITA RIVAS SANDRA ANDREA, rol de avalúo 314-54, Comuna de VILLARRICA, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 156 m2.  La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, ENEDINA DEL CARMEN CID RAMIREZ y PAULA ANDREA LAGOS CARRASCO, mediante informe de tasación de fecha 4 de mayo de 2015, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $905.500.- para el lote N° 5.  La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.  Fiscalía MOP.

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