Extractos Legales

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº946, de 16 de noviembre de 2023, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 2, para la obra: DISEÑO DEFINITIVO DE LA RED SECUNDARIA Y TERCIARIA DE CANALES DE RIEGO PROYECTO FAJA MAISAN OBRA CANAL AGUSTINAS SECTOR:CANAL AGUSTINAS DERIVADO 6-4, que figura a nombre de RAIN LLANCAFIL VICTORIA, rol de avalúo 389-49, Comuna de PITRUFQUEN,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 1.119 m2. La Comisión de Peritos integrada por TATIANA YASMIN GUTIERREZ ORTIZ, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 30 de noviembre de 2020, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $2.244.800 para el lote N°2. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº954, de 16 de noviembre de 2023, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.1, 2 y 3, para la obra: DISEÑO DEFINITIVO DE LA RED SECUNDARIA Y TERCIARIA DE CANALES DE RIEGO PROYECTO FAJA MAISAN OBRA CANAL AGUSTINAS SECTOR:CANAL AGUSTINAS DERIVADO 6-3, que figura a nombre de LICANQUEO LICANQUEO LUZ IRENIA, SUC.RAIN ANTIQUEO ANDRES ABELINO y RAIN GAMONAL LIDIA MATILDE Y OTROS, roles de avalúo 389-45, 389-46 y 389-47, Comuna de PITRUFQUEN,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 1.826, 195 y 1.391 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por TATIANA YASMIN GUTIERREZ ORTIZ, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 30 de noviembre de 2020, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $4.534.700 para el lote N°1, $409.600 para el lote N°2, y $6.710.600 para el lote N°3. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº944, de 16 de noviembre de 2023, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 1, para la obra: DISEÑO DEFINITIVO DE LA RED SECUNDARIA Y TERCIARIA DE CANALES DE RIEGO PROYECTO FAJA MAISAN OBRA CANAL AGUSTINAS SECTOR:CANAL AGUSTINAS DERIVADO 6-2, que figura a nombre de LICANQUEO  LICANQUEO LUZ IRENIA, rol de avalúo 389-45, Comuna de PITRUFQUEN, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 712 m2. La Comisión de Peritos integrada por TATIANA YASMIN GUTIERREZ ORTIZ, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 30 de noviembre de 2020, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $2.288.700 para el lote N°1. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº952, de 16 de noviembre de 2023, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 1, para la obra: DISEÑO DEFINITIVO DE LA RED SECUNDARIA Y TERCIARIA DE CANALES DE RIEGO PROYECTO FAJA MAISAN OBRA CANAL AGUSTINAS SECTOR:CANAL AGUSTINAS DERIVADO 6, que figura a nombre de LLANCALEO LLANCALEO MARCOS AGUSTIN, rol de avalúo 389-2, Comuna de PITRUFQUEN,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 1.625 m2. La Comisión de Peritos integrada por TATIANA YASMIN GUTIERREZ ORTIZ, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 30 de noviembre de 2020, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $4.053.500 para el lote N°1. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº956, de 16 de noviembre de 2023, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.6, 8 y 9, para la obra: DISEÑO DEFINITIVO DE LA RED SECUNDARIA Y TERCIARIA DE CANALES DE RIEGO PROYECTO FAJA MAISAN OBRA CANAL AGUSTINAS SECTOR:CANAL AGUSTINAS DERIVADO 6, que figura a nombre de MANQUE RAIN ELBA, LICANQUEO LICANQUEO LUZ IRENIA y GAMONAL RAIN HERMINDA Y OTROS, roles de avalúo 389-52, 389-45 y 389-48, Comuna de PITRUFQUEN,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 379, 1.627 y 1.142 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por TATIANA YASMIN GUTIERREZ ORTIZ, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 30 de noviembre de 2020, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $2.208.800 para el lote N°6, $5.629.200 para el lote N°8, y $4.519.300 para el lote N°9. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº989, de 16 de noviembre de 2023, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.78, 79 y 80, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA CRUCE S-52 CANCURA -BOLDO HUACHO CRUCE S-482, que figura a nombre de SUC. CONCHA VELASQUEZ DIGNA G, SUC. CONCHA VELASQUEZ DIGNA G e IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA Y, roles de avalúo 558-115, 558-115 y 558-114, Comuna de NUEVA IMPERIAL,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 135, 146 y 161 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 14 de octubre de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $572.000 para el lote N°78, $1.249.500 para el lote N°79, y $161.000 para el lote N°80. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº997, de 16 de noviembre de 2023, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 75, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA CRUCE S-52 CANCURA -BOLDO HUACHO CRUCE S-482, que figura a nombre de NANCO CURIVIL PASCUAL ANTONIO Y OTR, rol de avalúo 558-138, Comuna de NUEVA IMPERIAL, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 382 m2. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 14 de octubre de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $1.335.500 para el lote N°75. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº891, de 03 de noviembre de 2023, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 1, para la obra: FUENTE Y DISEÑO SAPR MOLCO QUEPE TRAMO 4, que figura a nombre de MORALES CONA BERTA DEL CARMEN Y OTR, rol de avalúo 3212-593, Comuna de PADRE LAS CASAS,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 345 m2. La Comisión de Peritos integrada por CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ, FERNANDO LUIS CONTRERAS HENNINGS y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 25 de julio de 2023, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $2.994.500 para el lote N°1. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº943, de 16 de noviembre de 2023, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 1, para la obra: FUENTE Y DISEÑO SAPR MOLCO QUEPE TRAMO 3, que figura a nombre de TORRES MARIANO ROSA, rol de avalúo 3212-319, Comuna de PADRE LAS CASAS,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 483 m2. La Comisión de Peritos integrada por CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ, FERNANDO LUIS CONTRERAS HENNINGS y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 25 de julio de 2023, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $3.912.300 para el lote N°1. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº962, de 16 de noviembre de 2023, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.1, 2 y 3, para la obra: FUENTE Y DISEÑO SAPR MOLCO QUEPE TRAMO 2 , que figura a nombre de TORRES CATRIL JOSE, TORRES PENA ADRIAN y TORRES PENA FELICIANO Y OTROS, roles de avalúo 3212-327, 3212-326 y 3212-338, Comuna de PADRE LAS CASAS,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 1.083, 672 y 1.036 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ, FERNANDO LUIS CONTRERAS HENNINGS y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 25 de julio de 2023, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $8.772.300 para el lote N°1, $5.643.200 para el lote N°2, y $8.391.600 para el lote N°3. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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