Extractos Legales
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AVISO REMATEREMATE JUDICIAL: Jdo civil Pucón, “Inversiones California Ltda/Solar”, E- 496- 2025, Station Wagon, Pte CWTJ.44-3, año 2011 HYUNDAI, SANTA FE GLS 2.4, AZUL, GASOLINA, día 1 septiembre año 2025, a 16:00 hrs, vía Zoom, al link que informará postores consignen garantía de $300.000.- Nuevo Mínimo: $2.100.000.- SUBASTAS CHILE LTDA, Martillero. cont. +569 98281868 -
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Extracto Publicación Diario
1°JUZGADO CIVIL DE TEMUCO
1° Juzgado Civil de Temuco, causa Rol V-112-2024, caratulada REISENEGGER/RÖHRBORN, por sentencia del 24 JUNIO 2025, se concedió posesión efectiva testada al fallecimiento de doña GISELA RÖHRBORN KÜCHLER, a sus herederos testamentarios y universales a Kurt Martin Reisenegger Röhrborn Walter Reisenegger Röhrborn; Jan Gunther Reisenegger Röhrborn; y Bárbara Tanya Couch Röhrborn, como legataria a esta última de la cuarta de libre disposición. Secretaria Titular.
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Extracto Publicación Diario
1°JUZGADO CIVIL DE TEMUCO
1° Juzgado Civil de Temuco, causa Rol V-112-2024, caratulada REISENEGGER/RÖHRBORN, por sentencia del 24 JUNIO 2025, se concedió posesión efectiva testada al fallecimiento de doña GISELA RÖHRBORN KÜCHLER, a sus herederos testamentarios y universales a Kurt Martin Reisenegger Röhrborn Walter Reisenegger Röhrborn; Jan Gunther Reisenegger Röhrborn; y Bárbara Tanya Couch Röhrborn, como legataria a esta última de la cuarta de libre disposición. Secretaria Titular.
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E X T R A C T O
Por Decreto MOP. (Exento) Nº542, de 28 de julio de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.10, 13 y 14, para la obra: MEJORAMIENTO CAMINO ALMAGRO – TEODORO SCHMIDT, que figura a nombre de CURIQUEO CHODIMAN JORGE ROBERT, SANDOVAL HUENUQUEO PEDRO y SANDOVAL NANCUAN GUILLERMO, roles de avalúo 619-474, 619-392 y 619-393, Comuna de NUEVA IMPERIAL, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 1.202, 442 y 366 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA e ITALO IGNACIO CORTES ROCCO, mediante informe de tasación de 01 de noviembre de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $7.515.390 para el lote N°10, $3.070.290 para el lote N°13, y $3.505.720 para el lote N°14. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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E X T R A C T O
Por Decreto MOP. (Exento) Nº544, de 28 de julio de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.15, 15-A y 15-B, para la obra: MEJORAMIENTO CAMINO ALMAGRO – TEODORO SCHMIDT, que figura a nombre de CURIQUEO CARIQUEO CELINDA, rol de avalúo 619-394, Comuna de NUEVA IMPERIAL, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 669, 467 y 521 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA e ITALO IGNACIO CORTES ROCCO, mediante informe de tasación de 01 de noviembre de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $3.704.980 para el lote N°15, $3.258.890 para el lote N°15-A, y $1.840.370 para el lote N°15-B. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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E X T R A C T O
Por Decreto MOP. (Exento) Nº562, de 30 de julio de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.8, 11 y 12, para la obra: MEJORAMIENTO CAMINO ALMAGRO – TEODORO SCHMIDT, que figura a nombre de CURIQUEO JUAN, CURILLAN CURIQUEO DOMINGO M y CURILLAN MILLAVIL FRANCISCO IVAN, roles de avalúo 619-455, 619-386 y 619-391, Comuna de NUEVA IMPERIAL, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 828, 953 y 833 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA e ITALO IGNACIO CORTES ROCCO, mediante informe de tasación de 01 de noviembre de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $4.575.760 para el lote N°8, $4.884.260 para el lote N°11, y $5.000.860 para el lote N°12. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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E X T R A C T O
Por Decreto MOP. (Exento) Nº557, de 30 de julio de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.4, 5 y 7, para la obra: MEJORAMIENTO CAMINO ALMAGRO – TEODORO SCHMIDT, que figura a nombre de SILVA TUREO DOMINGO GUILLERMO, HUIRIQUEO CURILLAN ABELINO Y OTROS y CANIUQUEO COLLIPAL CAROLINA, roles de avalúo 619-424, 619-426 y 619-451, Comuna de NUEVA IMPERIAL, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 936, 668 y 545 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA e ITALO IGNACIO CORTES ROCCO, mediante informe de tasación de 01 de noviembre de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $5.644.620 para el lote N°4, $3.346.060 para el lote N°5, y $2.230.900 para el lote N°7. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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E X T R A C T O
Por Decreto MOP. (Exento) Nº560, de 30 de julio de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.1, 2 y 3, para la obra: MEJORAMIENTO CAMINO ALMAGRO – TEODORO SCHMIDT, que figura a nombre de POBLETE LLANCAMAN ANTONIO, MARIQUEO CANIUQUEO MAGDALENA y ANTILEO QUINTRIQUEO MAGDALENA Y OTR, roles de avalúo 619-367, 619-369 y 619-402, Comuna de NUEVA IMPERIAL, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 1.656, 189 y 652 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA e ITALO IGNACIO CORTES ROCCO, mediante informe de tasación de 01 de noviembre de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $10.075.020 para el lote N°1, $2.323.880 para el lote N°2, y $4.490.840 para el lote N°3. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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E X T R A C T O
Por Decreto MOP. (Exento) Nº565, de 30 de julio de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.2 y 3, para la obra: REPOSICION PUENTE CHUFQUEN Y ACCESOS, que figura a nombre de CAREN CAPITAL MANAGEMENT S.P.A. y LAGOS CARRASCO NORA MARILUZ, roles de avalúo 309-112 y 309-111, Comuna de MELIPEUCO, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 596 y 336 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por KAREN DE LOS ANGELES FUENTES BUSTOS, ITALO IGNACIO CORTES ROCCO y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 29 de marzo de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $3.349.520 para el lote N°2, y $3.384.320 para el lote N°3. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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E X T R A C T O
Por Decreto MOP. (Exento) Nº553, de 30 de julio de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 1, para la obra: REPOSICION PUENTE CHUFQUEN Y ACCESOS, que figura a nombre de INMOBILIARIA LARAUCANIA SPA, rol de avalúo 310-62, Comuna de CUNCO, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 359 m2. La Comisión de Peritos integrada por KAREN DE LOS ANGELES FUENTES BUSTOS, ITALO IGNACIO CORTES ROCCO y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 29 de marzo de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $2.522.180 para el lote N°1. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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