Extractos Legales

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    EXTRACTO NOTIFICACIÓN POR AVISO

    En causa sobre cambio de apellido, Rol V-276-2025 del Tercer Juzgado Civil de Temuco, se ha ordenado notificar por aviso a don HENRY LEE PADILLA VERGARA, RUN N°17.585.077-5, la resolución de fecha 28 de noviembre de 2025 a folio 20, que lo cita a audiencia del 14 de enero de 2026, a las 12:30 horas, en su calidad de padre del menor, a fin de escuchar su parecer respecto de la solicitud de autos, la que se llevará a efecto previa solicitud de los intervinientes vía ZOOM, cuyos datos para la conexión son: ID de la reunión: 98960530368; Código de acceso: voluntaria; o en su defecto, se habilitará una dependencia dentro del Tribunal, ubicado en Avenida Balmaceda N°490, 3° Piso, Temuco, debiendo asistir con la debida antelación para el efecto.

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    EXTRACTO NOTIFICACIÓN POR AVISO

    En causa sobre cambio de apellido, Rol V-276-2025 del Tercer Juzgado Civil de Temuco, se ha ordenado notificar por aviso a don HENRY LEE PADILLA VERGARA, RUN N°17.585.077-5, la resolución de fecha 28 de noviembre de 2025 a folio 20, que lo cita a audiencia del 14 de enero de 2026, a las 12:30 horas, en su calidad de padre del menor, a fin de escuchar su parecer respecto de la solicitud de autos, la que se llevará a efecto previa solicitud de los intervinientes vía ZOOM, cuyos datos para la conexión son: ID de la reunión: 98960530368; Código de acceso: voluntaria; o en su defecto, se habilitará una dependencia dentro del Tribunal, ubicado en Avenida Balmaceda N°490, 3° Piso, Temuco, debiendo asistir con la debida antelación para el efecto.

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    EXTRACTO NOTIFICACIÓN POR AVISO

    En causa sobre cambio de apellido, Rol V-276-2025 del Tercer Juzgado Civil de Temuco, se ha ordenado notificar por aviso a don HENRY LEE PADILLA VERGARA, RUN N°17.585.077-5, la resolución de fecha 28 de noviembre de 2025 a folio 20, que lo cita a audiencia del 14 de enero de 2026, a las 12:30 horas, en su calidad de padre del menor, a fin de escuchar su parecer respecto de la solicitud de autos, la que se llevará a efecto previa solicitud de los intervinientes vía ZOOM, cuyos datos para la conexión son: ID de la reunión: 98960530368; Código de acceso: voluntaria; o en su defecto, se habilitará una dependencia dentro del Tribunal, ubicado en Avenida Balmaceda N°490, 3° Piso, Temuco, debiendo asistir con la debida antelación para el efecto.

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    EXTRACTO SENTENCIA DE INTERDICCIÓN POR DEMENCIA

    2° Juzgado Civil de Temuco, causa V-191-2025. Por sentencia de fecha 30 de septiembre de 2025, en autos sobre interdicción por demencia y nombramiento de curador se resolvió: Que se declara la interdicción definitiva por demencia de Matilde Martínez Sáez, cédula de identidad N°5.973.448-4, quedando privado de la administración de sus bienes. Que se designa como curador definitivo del interdicto a su hermana doña Olga del Carmen Martínez Sáez, cédula de identidad N°4.318.915-8, a quien se le exime de las obligaciones de confeccionar inventario solemne, de rendir fianza y de reducir a escritura pública.

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    EXTRACTO SENTENCIA DE INTERDICCIÓN POR DEMENCIA

    2° Juzgado Civil de Temuco, causa V-191-2025. Por sentencia de fecha 30 de septiembre de 2025, en autos sobre interdicción por demencia y nombramiento de curador se resolvió: Que se declara la interdicción definitiva por demencia de Matilde Martínez Sáez, cédula de identidad N°5.973.448-4, quedando privado de la administración de sus bienes. Que se designa como curador definitivo del interdicto a su hermana doña Olga del Carmen Martínez Sáez, cédula de identidad N°4.318.915-8, a quien se le exime de las obligaciones de confeccionar inventario solemne, de rendir fianza y de reducir a escritura pública.

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    EXTRACTO SENTENCIA DE INTERDICCIÓN POR DEMENCIA

    2° Juzgado Civil de Temuco, causa V-191-2025. Por sentencia de fecha 30 de septiembre de 2025, en autos sobre interdicción por demencia y nombramiento de curador se resolvió: Que se declara la interdicción definitiva por demencia de Matilde Martínez Sáez, cédula de identidad N°5.973.448-4, quedando privado de la administración de sus bienes. Que se designa como curador definitivo del interdicto a su hermana doña Olga del Carmen Martínez Sáez, cédula de identidad N°4.318.915-8, a quien se le exime de las obligaciones de confeccionar inventario solemne, de rendir fianza y de reducir a escritura pública.

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    Juzgado de Letras de Lautaro, en procedimiento voluntario sobre Posesión Efectiva Testada ROL V-2-2024, por sentencia del 25 de octubre de 2024, se concedió la posesión efectiva de la herencia testada quedada al fallecimiento de don TERSILIO VALDÉS RIVAL, RUN No 4.021.689-8, quien falleció en la ciudad de Victoria el día 18 de noviembre de 2012, siendo su último domicilio la Hijuela Santa Cruz de la comuna de Perquenco, a don ISAAC ELÍAS VALDÉS VALDERRAMA, RUN N° 11.989.232-5, en su calidad de heredero testamentario del causante, conforme al Testamento abierto otorgado ante el Notario Público de Temuco don Jorge Elias Tadres Hales con fecha 16 de octubre de 2006, anotado en el Repertorio No 6609, conforme lo estatuido en dicho testamento, con beneficio de inventario.

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    Juzgado de Letras de Lautaro, en procedimiento voluntario sobre Posesión Efectiva Testada ROL V-2-2024, por sentencia del 25 de octubre de 2024, se concedió la posesión efectiva de la herencia testada quedada al fallecimiento de don TERSILIO VALDÉS RIVAL, RUN No 4.021.689-8, quien falleció en la ciudad de Victoria el día 18 de noviembre de 2012, siendo su último domicilio la Hijuela Santa Cruz de la comuna de Perquenco, a don ISAAC ELÍAS VALDÉS VALDERRAMA, RUN N° 11.989.232-5, en su calidad de heredero testamentario del causante, conforme al Testamento abierto otorgado ante el Notario Público de Temuco don Jorge Elias Tadres Hales con fecha 16 de octubre de 2006, anotado en el Repertorio No 6609, conforme lo estatuido en dicho testamento, con beneficio de inventario.

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    Juzgado de Letras de Lautaro, en procedimiento voluntario sobre Posesión Efectiva Testada ROL V-2-2024, por sentencia del 25 de octubre de 2024, se concedió la posesión efectiva de la herencia testada quedada al fallecimiento de don TERSILIO VALDÉS RIVAL, RUN No 4.021.689-8, quien falleció en la ciudad de Victoria el día 18 de noviembre de 2012, siendo su último domicilio la Hijuela Santa Cruz de la comuna de Perquenco, a don ISAAC ELÍAS VALDÉS VALDERRAMA, RUN N° 11.989.232-5, en su calidad de heredero testamentario del causante, conforme al Testamento abierto otorgado ante el Notario Público de Temuco don Jorge Elias Tadres Hales con fecha 16 de octubre de 2006, anotado en el Repertorio No 6609, conforme lo estatuido en dicho testamento, con beneficio de inventario.

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    AVISO

    Entel PCS Telecomunicaciones S.A. se permite dirigirse a Ud. con el objeto de informarle respecto de un proyecto de infraestructura de comunicaciones que contribuirá a mejorar la conectividad de la comunidad y la calidad de vida de sus habitantes.
    El proyecto corresponde a la instalación de una torre de telecomunicaciones que se ubicará en Sin Calle S/N (La Puntilla Pte HJ 9), comuna de Temuco en las coordenadas geográficas 38°44’22,1” // 72°39’24,42” otorgando una solución a los actuales problemas de conectividad que se viven en esta comuna.

    Esta torre, además permitirá que diferentes compañías se puedan instalar, minimizando así la necesidad de instalar varias torres en el mismo sector. Para esto se propone la instalación de una estructura Monoposte armonizada tipo radomo, diseño propio de 39,5m de altura (36,5m estructura+3m pararrayos), de acuerdo con lo establecido en el Art. 116 bis F de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Como alternativa se propone la instalación de una estructura de la misma altura, sin armonización y realizar una obra mejoramiento de luminarias en las calles Los Conquistadores, Los Arquitectos, Camino a Boltrolhue y Av. Universitaria de la comuna de Temuco, por un monto equivalente al 30% del valor del proyecto. Los antecedentes técnicos serán debidamente ingresados a la dirección de obras al momento de solicitar el permiso de instalación.
    Hacemos presente que el proyecto propuesto queda sujeto y se llevará a cabo una vez que se obtenga el permiso correspondiente por parte de la I. Municipalidad de Temuco, conforme a lo preceptuado en la Ley referida.

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