Extractos Legales

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    E X T R A C T O 

    Por Decreto MOP. (Exento) Nº701, de 08 de septiembre de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.16 y 17, para la obra: MEJORAMIENTO CAMINO ALMAGRO – TEODORO SCHMIDT, que figura a nombre de TRAMOL CALFIQUEO ROSA DEL CARMEN Y y TRAMOL MELILLAN LAUTARO, roles de avalúo 620-355 y 620-358, Comuna de NUEVA IMPERIAL, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 1.316 y 1.049 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por GABRIEL ANTONIO PANTOJA RIVERA, KAREN DE LOS ANGELES FUENTES BUSTOS e ITALO IGNACIO CORTES ROCCO, mediante informe de tasación de 31 de diciembre de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $5.028.440 para el lote N°16, y $4.676.910 para el lote N°17. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

    Por Decreto MOP. (Exento) Nº700, de 08 de septiembre de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 12, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-69 LOS LAURELES PEDREGOSO, que figura a nombre de MARTA BASTIAS HENRIQUEZ Y OTROS, rol de avalúo 1323-69, Comuna de VILLARRICA,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 494 m2. La Comisión de Peritos integrada por CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ, KAREN DE LOS ANGELES FUENTES BUSTOS y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 02 de agosto de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $9.286.000 para el lote N°12. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

    Por Decreto MOP. (Exento) Nº705, de 08 de septiembre de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.17, 18 y 19, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-69 LOS LAURELES PEDREGOSO, que figura a nombre de CASTILLO ESPARZA FRANCISCO, CACERES RUIZ RAMON HUMBERTO y BURGOS BEROIZA IVAN DEL CARMEN, roles de avalúo 1323-25, 1323-105 y 1323-60, Comuna de VILLARRICA, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 150, 1.304 y 1.113 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ, KAREN DE LOS ANGELES FUENTES BUSTOS y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 02 de agosto de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $2.757.000 para el lote N°17, $18.672.400 para el lote N°18, y $16.044.900 para el lote N°19. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

    Por Decreto MOP. (Exento) Nº702, de 08 de septiembre de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 6, para la obra: MEJORAMIENTO CAMINO ALMAGRO – TEODORO SCHMIDT, que figura a nombre de CAYUAN CANIUQUEO ANGELA DEL CARMEN, rol de avalúo 619-430, Comuna de NUEVA IMPERIAL, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 1.044 m2. La Comisión de Peritos integrada por MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA e ITALO IGNACIO CORTES ROCCO, mediante informe de tasación de 01 de noviembre de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $4.890.480 para el lote N°6. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

    Por Decreto MOP. (Exento) Nº699, de 08 de septiembre de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.42 y 42-A, para la obra: MEJORAMIENTO CAMINO METRENCO HUILLINCO, que figura a nombre de PAINEMAN TRECAMAN CELESTINO, rol de avalúo 3355-128, Comuna de PADRE LAS CASAS, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 431 y 795 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por EDISON LEONARDO TORRES REBOLLEDO, RODRIGO ALEXIS ESCOBAR FERNANDEZ y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 13 de noviembre de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $5.436.900 para el lote N°42, y $8.901.500 para el lote N°42-A. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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  • AVISO

    Entel PCS Telecomunicaciones S.A. se permite dirigirse a Ud. con el objeto de informarle respecto de un proyecto de infraestructura de comunicaciones que contribuirá a mejorar la conectividad de la comunidad y la calidad de vida de sus habitantes.
    El proyecto corresponde a la instalación de una torre de telecomunicaciones que se ubicará en Av. Martin Lutero # 02163, Comuna de Temuco en las coordenadas geográficas 38°44’57,05” // 72°38’44,32” otorgando una solución a los actuales problemas de conectividad que se viven en esta comuna.

    Esta torre, además permitirá que diferentes compañías se puedan instalar, minimizando así la necesidad de instalar varias torres en el mismo sector. Para esto se propone la instalación de una estructura Monoposte armonizada tipo radomo, diseño propio de 18,5 m de altura (15,5m estructura+3m pararrayos), de acuerdo con lo establecido en el Art. 116 bis F de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Como alternativa se propone la instalación de una estructura de la misma altura, sin armonización y realizar una obra mejoramiento de luminarias en las calles Av. Martín Lutero, Los Pablos, Av. Simón Bolívar, por un monto equivalente al 30% del valor del proyecto. Los antecedentes técnicos serán debidamente ingresados a la dirección de obras al momento de solicitar el permiso de instalación.
    Hacemos presente que el proyecto propuesto queda sujeto y se llevará a cabo una vez que se obtenga el permiso correspondiente por parte de la I. Municipalidad de Temuco, conforme a lo preceptuado en la Ley referida.

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    E X T R A C T O 

    Por Decreto MOP. (Exento) Nº612, de 21 de agosto de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.15, 16, 18 y 19, para la obra: MEJORAMIENTO CBI VILCUN CODAHUE VEGA REDONDA, que figura a nombre de AGRICOLA Y GANADERA SAN ANTONIO, roles de avalúo 298-047, 298- 195, 298-196 y 298-197, Comuna de VILCUN,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 66, 81, 117 y 147 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PAULA ANDREA LAGOS CARRASCO, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y EDISON LEONARDO TORRES REBOLLEDO, mediante informe de tasación de 10 de junio de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $1.656.040 para el lote N°15, $927.370 para el lote N°16, $1.617.090 para el lote N°18, y $1.497.690 para el lote N°19. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

    Por Decreto MOP. (Exento) Nº645, de 26 de agosto de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.10 y 13, para la obra: MEJORAMIENTO CBI VILCUN CODAHUE VEGA REDONDA, que figura a nombre de AGRICOLA Y GANADERA SAN ANTONIO, rol de avalúo 298-194,  Comuna de VILCUN, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 475 y 309 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PAULA ANDREA LAGOS CARRASCO, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y EDISON LEONARDO TORRES REBOLLEDO, mediante informe de tasación de 10 de junio de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $5.876.500 para el lote N°10, y $2.649.460 para el lote N°13. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

    Por Decreto MOP. (Exento) Nº650, de 26 de agosto de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.4, 6, 7 y 13, para la obra: MEJORAMIENTO CAMINO METRENCO HUILLINCO, que figura a nombre de NECULMAN MUNOZ ALICIA Y OTROS, TORO CAYUMAN EMA Y OTRO, TORO CAYUMAN HERMINDA y CANIUMIL HUENTEMIL SAMUEL ANDRES, roles de avalúo 3356-947, 3355-32, 3355-33 y 3355-661, Comuna de PADRE LAS CASAS, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 670, 1.357, 756 y 455 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por EDISON LEONARDO TORRES REBOLLEDO, RODRIGO ALEXIS ESCOBAR FERNANDEZ y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 22 de julio de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $15.079.500 para el lote N°4, $12.107.300 para el lote N°6, $7.132.400 para el lote N°7, y $11.917.500 para el lote N°13. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

    Por Decreto MOP. (Exento) Nº639, de 21 de agosto de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.23 y 24, para la obra: MEJORAMIENTO CAMINO ALMAGRO- TEODORO SCHMIDT, que figura a nombre de CATRIL CONA JAIME FRANCISCO, rol de avalúo 619-133, Comuna de NUEVA IMPERIAL, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 344 y 856 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por  GABRIEL ANTONIO PANTOJA RIVERA, KAREN DE LOS ANGELES FUENTES BUSTOS e ITALO IGNACIO CORTES ROCCO, mediante informe de tasación de 31 de diciembre de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $3.050.960 para el lote N°23, y $2.757.040 para el lote N°24. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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