Extractos Legales

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    REMATE

    29º Juzgado Civil Santiago. Huérfanos N° 1409 – piso 18 Santiago. Rematará el día 20 de noviembre de 2024, a las 14:30 horas, el inmueble correspondiente a la propiedad rol Serviu número seis manzana tres de la población La Araucana Segunda, y el terreno en que dicha vivienda se encuentra construida que corresponde al sitio número seis raya tres y que se encuentra ubicado en calle Reducción Temulemu número seiscientos cincuenta y seis de la comuna de Traiguén, región de La Araucanía, inscrito a fojas 558 número 675 del registro de propiedad del conservador de bienes raíces de Traiguén, rol de avalúo fiscal de la propiedad es el 191-52. El mínimo para iniciar las posturas: $10.163.962.- La subasta se desarrollará mediante video-conferencia, a través del siguiente link: https://zoom.us/j/98817605649? pwd=bkw3axdjbfzfsfu1t2pya1nnr3vgqt09. Interesados deben rendir garantía suficiente para participar, equivalente al 10% del valor de tasación aprobado, mediante vale vista a la orden del 29° Juzgado Civil de Santiago, documento que se deberá presentar materialmente en la Secretaría del Tribunal hasta las 12:00 hrs. del día hábil anterior a la subasta, y si dicho día fuera sábado, hasta las 12:00 hrs. del viernes anterior a la subasta. Todo interesado en participar en la subasta como postor, deberá tener activa su clave única del estado, para la eventual suscripción de la correspondiente acta de remate. Los postores interesados deberán ingresar comprobante legible de rendición de la caución, a través del módulo especialmente establecido al efecto en la Oficina Judicial Virtual, y enviar un correo a la casilla electrónica [email protected], hasta las 12:00 hrs. del día hábil anterior a la subasta, y si dicho día fuera sábado, hasta las 12:00 hrs. del viernes anterior a la subasta, indicando su nombre completo y adjuntando copia –por ambos lados- de su cédula de identidad, indicando el rol de la causa en la cual participará, un correo electrónico y número telefónico para el caso que se requiera contactarlo durante la subasta por problemas de conexión. El incumplimiento de cualquiera de los aspectos o requisitos tratados en los párrafos precedentes se considerará motivo suficiente para suspender el remate, o bien, para no admitir a uno o más postores, según corresponda. Demás antecedentes en la causa “Servicios Financieros Sumar SPA./Mora”, Rol C-10456-2023. Secretaria.

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    E X T R A C T O 

    Por Decreto MOP. (Exento) Nº773, de 07 de octubre de 2024, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.21, 23, 24, 25 y 26, para la obra: MEJORAMIENTO CBI HUALLEPENCO – RINCONADA, que figura a nombre de CATRIO HUENCHUAL ROSA, MELLADO RUPANAN JUAN DE DIOS, ACEVEDO SAAVEDRA FRESIA DEL CA, ACEVEDO SAAVEDRA FRESIA DEL CA y LORENZO CURICHE SEGUNDO M, roles de avalúo 230-59, 230-67, 232-29, 232-29 y 232-30, Comuna de PERQUENCO, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 848, 1.546, 711, 786 y 498 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PAULA ANDREA LAGOS CARRASCO, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 01 de marzo de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $3.245.200 para el lote N°21, $8.834.400 para el lote N°23, $2.074.900 para el lote N°24, $2.292.900 para el lote N°25, y $466.200 para el lote N°26. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

    Por Decreto MOP. (Exento) Nº774, de 07 de octubre de 2024, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.30, 31 y 36, para la obra: MEJORAMIENTO CBI HUALLEPENCO – RINCONADA, que figura a nombre de ABURTO PALMA BERNARDO, ABURTO PALMA BERNARDO y ABURTO PALMA LUIS MANUEL, roles de avalúo 232-50, 232-50 y 230-86, Comuna de PERQUENCO, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 619, 101 y 403 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PAULA ANDREA LAGOS CARRASCO, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 01 de marzo de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $2.343.100 para el lote N°30, $1.178.900 para el lote N°31, y $1.201.200 para el lote N°36. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

    Por Decreto MOP. (Exento) Nº760, de 01 de octubre de 2024, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.1 y 2, para la obra: DISEÑO DEFINITIVO DE LA RED SECUNDARIA Y TERCIARIA DE CANALES DE RIEGO PROYECTO FAJA MAISAN, OBRA CANAL CALIFORNIA DESCARGA CANAL CALIFORNIA DERIVADO 3-1, que figura a nombre de MUNOZ MARDONES JUAN BAUTISTA y TRIPAILAF LICANQUEO VICTOR Y OTROS, roles de avalúo 387-94 y 381-127, Comuna de PITRUFQUEN, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 49 y 314 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 06 de septiembre de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $105.350 para el lote N°1, y $1.315.100 para el lote N°2. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

    Por Decreto MOP. (Exento) Nº761, de 01 de octubre de 2024, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 4-A, para la obra: ESTUDIO DE INGENIERIA DEL SISTEMA DE RIEGO DE LA RED SECUNDARIA Y TERCIARIA DE CANALES FAJA MAISAN, OBRA CANAL LOS AVELLANOS SUR DERIVADO 1 MODIFICACIÓN, que figura a nombre de LAVERGNE CORTES MARCO ANTONIO Y OTR, rol de avalúo 384-120, Comuna de PITRUFQUEN, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 3.743 m2. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 19 de agosto de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $9.009.900 para el lote N°4-A. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

    Por Decreto MOP. (Exento) Nº779, de 07 de octubre de 2024, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.3, 4, 5 y 6, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA P-721; P-722 SECTOR TIRUA -LONCOTRIPAY – LOS MAQUIS, que figura a nombre de MILLANAO VALENZUELA BACILIO JOSE Y, rol de avalúo 517-5, Comuna de CARAHUE, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 2.999, 255, 4.836 y 2.645 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 28 de abril de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $6.009.150 para el lote N°3, $471.750 para el lote N°4, $10.601.900 para el lote N°5, y $5.324.250 para el lote N°6. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

    Por Decreto MOP. (Exento) Nº776, de 07 de octubre de 2024, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.12, 13 y 14, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA P-721; P-722 SECTOR TIRUA -LONCOTRIPAY – LOS MAQUIS, que figura a nombre de PARRA ULLOA YAQUELINA DEL CARMEN, rol de avalúo 526-46, Comuna de CARAHUE, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 1.857, 5.945 y 1.957 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 28 de abril de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $7.044.050 para el lote N°12, $9.809.250 para el lote N°13, y $5.189.700 para el lote N°14. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    E X T R A C T O 

    Por Decreto MOP. (Exento) Nº768, de 07 de octubre de 2024, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.7, 8, 9 y 10, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA P-721; P-722 SECTOR TIRUA -LONCOTRIPAY – LOS MAQUIS, que figura a nombre de SAAVEDRA RIQUELME ERASMO SEGUNDO, roles de avalúo 517-128, 517-130, 517-128 y 517-128, Comuna de CARAHUE, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 622, 4.382, 55 y 223 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 28 de abril de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $1.026.300 para el lote N°7, $7.230.300 para el lote N°8, $115.500 para el lote N°9, y $595.800 para el lote N°10. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Notificación por avisos de resolución que cita a audiencia de conciliación a la demandada Inmobiliaria Juan Carlos López Navarro Limitada., Rol Único Tributario N°76.336.963-3, representada legalmente por don Juan Carlos López Navarro, cédula de identidad número 9.441.018-5.

    En causa seguida ante el 3º Juzgado Civil de Temuco, Rol C-3502-2021 caratulada “BERRIEX/INMOBILIARIA JUAN CARLOS LOPEZ NAVARRO LTDA”, por resolución de fecha 15 de octubre de Fojas 104, se citó a las partes a Audiencia de Conciliación para el día lunes 18 de noviembre de 2024, a las 09:00 horas, las cuales podrán solicitar comparecencia remota mediante videoconferencia en la forma dispuesta en el artículo 77 bis del Código de Procedimiento, pudiendo efectuar dicha solicitud tanto a través de la carpeta electrónica como a través de cualquier medio de comunicación habilitado por el Tribunal. Al efecto la comparecencia remota ser a través de la plataforma de internet https://zoom.us/ , debiendo ingresar con los siguientes datos: ID reunión: 7378873144 y Contraseña: audiencia. Al escrito de fecha 18 de octubre de 2024 presentado por la demandante, que rola a Fojas 105, el Tribunal resuelve con fecha 21 de octubre de 2024: Al folio 136: Atendido el mérito de la presente causa, concurriendo los presupuestos procesales del artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, HA LUGAR a lo solicitado, notifíquese a la parte demandada por avisos en extractos realizados por Secretaria del Tribunal, por tres veces pudiendo efectuar la publicación en el diario de circulación regional siendo este electrónico u otro que estime pertinente, cumpliéndose con la norma del artículo 54 del Código de Procedimiento Civil.

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    Notificación por avisos de resolución que cita a audiencia de conciliación a la demandada Inmobiliaria Juan Carlos López Navarro Limitada., Rol Único Tributario N°76.336.963-3, representada legalmente por don Juan Carlos López Navarro, cédula de identidad número 9.441.018-5.

    En causa seguida ante el 3º Juzgado Civil de Temuco, Rol C-3502-2021 caratulada “BERRIEX/INMOBILIARIA JUAN CARLOS LOPEZ NAVARRO LTDA”, por resolución de fecha 15 de octubre de Fojas 104, se citó a las partes a Audiencia de Conciliación para el día lunes 18 de noviembre de 2024, a las 09:00 horas, las cuales podrán solicitar comparecencia remota mediante videoconferencia en la forma dispuesta en el artículo 77 bis del Código de Procedimiento, pudiendo efectuar dicha solicitud tanto a través de la carpeta electrónica como a través de cualquier medio de comunicación habilitado por el Tribunal. Al efecto la comparecencia remota ser a través de la plataforma de internet https://zoom.us/ , debiendo ingresar con los siguientes datos: ID reunión: 7378873144 y Contraseña: audiencia. Al escrito de fecha 18 de octubre de 2024 presentado por la demandante, que rola a Fojas 105, el Tribunal resuelve con fecha 21 de octubre de 2024: Al folio 136: Atendido el mérito de la presente causa, concurriendo los presupuestos procesales del artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, HA LUGAR a lo solicitado, notifíquese a la parte demandada por avisos en extractos realizados por Secretaria del Tribunal, por tres veces pudiendo efectuar la publicación en el diario de circulación regional siendo este electrónico u otro que estime pertinente, cumpliéndose con la norma del artículo 54 del Código de Procedimiento Civil.

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TemucoDiario.cl es un medio periodístico electrónico legalmente constituido. De esta forma y de acuerdo al dictamen N°60.513 del 2004 de la Contraloría General de la República que valida a los diarios electrónicos para realizar las publicaciones legales que deben efectuar los organismos públicos y privados, queda facultado para publicar avisos legales. TemucoDiario.cl cumple con las disposiciones de la Ley Nº 19.733, sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo. Dentro de los avisos que se pueden publicar están: Notificaciones Judiciales por Avisos, balances y estados financieros, citaciones de accionistas, órdenes de no pago, posesiones efectivas, licitaciones, ordenanzas, extravío de títulos, pago de dividendos, etc. A través de TemucoDiario.cl, podrá publicar los avisos legales de su empresa o cliente de manera rápida y eficiente. Para lo anterior puede contactarnos a través del correo electrónico [email protected]

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