Próxima elección será en dos días: el sábado 26 y domingo 27 de octubre.
Más de veinte mil candidatos podrían presentarse en las elecciones regionales y municipales a nivel nacional
El texto legal aprobado por los parlamentarios, está a la espera de sus definiciones en cuanto a regulaciones como las sanciones a quienes no voten y no hayan justificado, como la regulación de las redes sociales y plataformas digitales o canales concesionarios de televisión local o regional, entre otras materias las cuales están siendo contenidas en los vetos presidenciales que este miércoles ingresaron al Congreso para su aprobación parcializada.
Por ahora, el texto legal introduce como definitivo otros cambios relativos al proceso eleccionario, como eliminar la prohibición de venta de alcohol – la llamada “ley seca”- durante los comicios.
También, reduce el número de procesos en que los electores deben ejercer dicha función a solo dos consecutivos. Ello, incluyendo presidenciales, parlamentarias, municipales, regionales y plebiscitos. Luego, no podrán ser designados vocales en los ocho años siguientes.
En cuanto a las excusas, se clarifica que las personas cuidadoras podrán justificarse mediante la credencial respectiva o comprobando su inscripción en el Registro de Cuidadores.
Además, se aumenta de dos a tres horas el periodo de permiso que tendrán las y los trabajadores para ir a votar, en los casos de aquellas labores que deban realizarse necesariamente un día de elección o plebiscito.
Otro punto incorporado es que el transporte público mayor deberá disponer del funcionamiento de su flota, para asegurar el desplazamiento de las y los votantes.
En la Cámara se incorporó también una nueva inhabilidad, para que las personas deudoras de pensión alimenticia no puedan ser candidatas a alcaldes, concejales, gobernadores regionales y consejeros regionales.