Remate, Jdo. de Letras del Trabajo de Temuco, fijó audiencia de remate para el día 05-06-2025, a las 12:00 horas, juicio caratulado URRUTIA/ENTIDAD EDUCACIONAL RIT C-40- 2022. Modalidad telemática mediante plataforma zoom para subastar las acciones y derechos de propiedad de Caricia Del Carmen Monsalves Vallejos y que recaen sobre el inmueble ubicado en calle Javiera Carrera N° 0565, Población Victoria, de la comuna de Temuco, rol de avaluó 2853-18, y que conforme al informe de tasación de autos tiene una superficie de 1007,0 metros cuadrados. Sin perjuicio de lo anterior, consta en las respectivas inscripciones de dominio que el inmueble sobre el cual recaen los derechos y acciones de doña Caricia del Carmen Monsalves Vallejos tiene una superficie aproximada de 514,50 metros cuadrados y sus deslindes son: NORTE: camino público a Chol Chol, en 24,80 metros; ESTE Y SUR: pasaje la Granja en 43,50 metros; y OESTE: Avenida Javiera Carrera en 42 metros. En efecto, los títulos de dominio que dan cuenta de los derechos y acciones de doña Caricia del Carmen Monsalves Vallejos constan en las siguientes inscripciones: a) A fojas 7517 Vuelta, numero 6065, del registro de propiedad del año 1995, del Conservador de Bienes Raí ces de Temuco; y, b) A fojas 3238 Vuelta, numero 2509, del registro de propiedad del año 2010, del Conservador de Bienes Raíces de Temuco. El mínimo para las posturas de las Acciones y derechos de Caricia del Carmen Monsalve, y que equivalen a 1/3 del valor del inmueble cuyos títulos de dominio constan: a) a fojas 7517 Vuelta, número 6065, del registro de propiedad del año 1995, del Conservador de Bienes Raíces de Temuco; y, b) a fojas 3238 Vuelta, número 2509, del registro de propiedad del año 2010, del Conservador de Bienes Raíces de Temuco será la suma de $171.589.660. El precio del remate de los derechos y acciones individualizados se pagará al contado, debiendo consignarse esta suma en la cuenta corriente del tribunal dentro del plazo de 3 días, contados desde la fecha de la subasta, mismo que se tendrá para suscribir el acta de remate. Si así no lo hiciera, quedará sin efecto el remate de pleno derecho, y el subastador perderá por vía de pena y sin más tramites, el valor consignado para participar en la licitación, el que se distribuirá en la forma dispuesta en el artículo 494 del Código de Procedimiento Civil. Todo postor para tomar parte de la subasta deberá enviar al correo electrónico a [email protected], a más tardar 2 días antes de la subasta y rendir caución por un valor equivalente al 10% del mínimo establecido, en vale vista a la orden del Tribunal o deposito en la cuenta corriente del Tribunal. Cta. Cte. del Banco Estado N°6290004812, a nombre del Juzgado de Letras del Trabajo, R.U.T.: 61.978.710-2 Sin perjuicio de lo anterior, no se admitirán a participar como postores a las personas que posean inscripción vigente en el Registro en calidad de deudor de alimentos (inc. 5° art. 29 ley 21.389). La referida garantía se abonará al precio fijado del bien rematado. En caso de ser el ejecutante quien desee participar en el remate, no deberá presentar garantía para tomar parte en él y queda autorizado para hacer posturas en el remate y adjudicarse lo subastado con cargo al crédito que se cobra en este juicio, lo que se acreditara con la liquidación respectiva, sin necesidad de depositar caución o hacer consignación alguna. En el evento que el ejecutante se adjudique el inmueble embargado con cargo a su crédito y este resulte inferior al precio del remate, deberá enterar el saldo restante en efectivo en el plazo de diez días hábiles, depositando la diferencia en la cuenta corriente del Tribunal, bajo apercibimiento de dejar sin efecto la subasta. La subasta se verificará a través del uso de la plataforma ZOOM. Todo interesado en participar en la subasta como postor, deberá tener activa su Clave Única del Estado, para la eventual suscripción de la correspondiente acta de remate. Los postores interesados en una determinada subasta deberán constituir Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: NKFKXUTXYXJ garantía suficiente en la causa donde se desarrolle el remate, a través de cupón de pago en Banco Estado, deposito judicial en la cuenta corriente del Tribunal respectiva, vale vista a la orden del Tribunal, o cualquier otro medio habilitado por el Poder Judicial, lo que quedará consignado en las bases para la subasta. Los postores interesados deberán enviar al correo electrónico a la casilla [email protected] del Tribunal, a más tardar 2 días antes de la fecha indicada en las bases de remate, comprobante legible de haber rendido la garantía, su individualización, indicando el rol de la causa en la cual participara´, correo electrónico y un número telefónico para el caso en que se requiera contactarlo durante la subasta por problemas de conexión. Demas antecedentes expediente C-40-2022, Urrutia/Entidad Educacional. Jefe de Unidad de Cumplimiento.
RIT: C-40-2022
RUC: 20-4-0310057-K
Extractos Legales
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EXTRACTO: SEGUNDO JUZGADO civil de Temuco. En causa Rol N° V-258-2024, por sentencia de fecha 20 de marzo de 2025, se concedió a posesión efectiva de la herencia testada, de los bienes quedados al fallecimiento de don Isidro Ignacio Lorenzo Andrés Plana cédula de identidad N° 4.790.763-2, ocurrido en Temuco, con fecha 16 de junio de 2024, lugar de su último domicilio, a favor de: Hilda Rosa Sendoya Puentes cédula de identidad N° 14.617.991-6 y don Isidro Ignacio Andrés Bosch cédula de identidad N° 8.479.194-6 todo ello conforme al testamento otorgado con fecha 16 de noviembre del 2023, ante Notario Público de Temuco don Juan Antonio Loyola Opazo. Secretario.
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Remate, Jdo. de Letras del Trabajo de Temuco, fijó audiencia de remate para el día 05-06-2025, a las 12:00 horas, juicio caratulado URRUTIA/ENTIDAD EDUCACIONAL RIT C-40- 2022. Modalidad telemática mediante plataforma zoom para subastar las acciones y derechos de propiedad de Caricia Del Carmen Monsalves Vallejos y que recaen sobre el inmueble ubicado en calle Javiera Carrera N° 0565, Población Victoria, de la comuna de Temuco, rol de avaluó 2853-18, y que conforme al informe de tasación de autos tiene una superficie de 1007,0 metros cuadrados. Sin perjuicio de lo anterior, consta en las respectivas inscripciones de dominio que el inmueble sobre el cual recaen los derechos y acciones de doña Caricia del Carmen Monsalves Vallejos tiene una superficie aproximada de 514,50 metros cuadrados y sus deslindes son: NORTE: camino público a Chol Chol, en 24,80 metros; ESTE Y SUR: pasaje la Granja en 43,50 metros; y OESTE: Avenida Javiera Carrera en 42 metros. En efecto, los títulos de dominio que dan cuenta de los derechos y acciones de doña Caricia del Carmen Monsalves Vallejos constan en las siguientes inscripciones: a) A fojas 7517 Vuelta, numero 6065, del registro de propiedad del año 1995, del Conservador de Bienes Raí ces de Temuco; y, b) A fojas 3238 Vuelta, numero 2509, del registro de propiedad del año 2010, del Conservador de Bienes Raíces de Temuco. El mínimo para las posturas de las Acciones y derechos de Caricia del Carmen Monsalve, y que equivalen a 1/3 del valor del inmueble cuyos títulos de dominio constan: a) a fojas 7517 Vuelta, número 6065, del registro de propiedad del año 1995, del Conservador de Bienes Raíces de Temuco; y, b) a fojas 3238 Vuelta, número 2509, del registro de propiedad del año 2010, del Conservador de Bienes Raíces de Temuco será la suma de $171.589.660. El precio del remate de los derechos y acciones individualizados se pagará al contado, debiendo consignarse esta suma en la cuenta corriente del tribunal dentro del plazo de 3 días, contados desde la fecha de la subasta, mismo que se tendrá para suscribir el acta de remate. Si así no lo hiciera, quedará sin efecto el remate de pleno derecho, y el subastador perderá por vía de pena y sin más tramites, el valor consignado para participar en la licitación, el que se distribuirá en la forma dispuesta en el artículo 494 del Código de Procedimiento Civil. Todo postor para tomar parte de la subasta deberá enviar al correo electrónico a [email protected], a más tardar 2 días antes de la subasta y rendir caución por un valor equivalente al 10% del mínimo establecido, en vale vista a la orden del Tribunal o deposito en la cuenta corriente del Tribunal. Cta. Cte. del Banco Estado N°6290004812, a nombre del Juzgado de Letras del Trabajo, R.U.T.: 61.978.710-2 Sin perjuicio de lo anterior, no se admitirán a participar como postores a las personas que posean inscripción vigente en el Registro en calidad de deudor de alimentos (inc. 5° art. 29 ley 21.389). La referida garantía se abonará al precio fijado del bien rematado. En caso de ser el ejecutante quien desee participar en el remate, no deberá presentar garantía para tomar parte en él y queda autorizado para hacer posturas en el remate y adjudicarse lo subastado con cargo al crédito que se cobra en este juicio, lo que se acreditara con la liquidación respectiva, sin necesidad de depositar caución o hacer consignación alguna. En el evento que el ejecutante se adjudique el inmueble embargado con cargo a su crédito y este resulte inferior al precio del remate, deberá enterar el saldo restante en efectivo en el plazo de diez días hábiles, depositando la diferencia en la cuenta corriente del Tribunal, bajo apercibimiento de dejar sin efecto la subasta. La subasta se verificará a través del uso de la plataforma ZOOM. Todo interesado en participar en la subasta como postor, deberá tener activa su Clave Única del Estado, para la eventual suscripción de la correspondiente acta de remate. Los postores interesados en una determinada subasta deberán constituir Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: NKFKXUTXYXJ garantía suficiente en la causa donde se desarrolle el remate, a través de cupón de pago en Banco Estado, deposito judicial en la cuenta corriente del Tribunal respectiva, vale vista a la orden del Tribunal, o cualquier otro medio habilitado por el Poder Judicial, lo que quedará consignado en las bases para la subasta. Los postores interesados deberán enviar al correo electrónico a la casilla [email protected] del Tribunal, a más tardar 2 días antes de la fecha indicada en las bases de remate, comprobante legible de haber rendido la garantía, su individualización, indicando el rol de la causa en la cual participara´, correo electrónico y un número telefónico para el caso en que se requiera contactarlo durante la subasta por problemas de conexión. Demas antecedentes expediente C-40-2022, Urrutia/Entidad Educacional. Jefe de Unidad de Cumplimiento.
RIT: C-40-2022
RUC: 20-4-0310057-K -
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EXTRACTO: SEGUNDO JUZGADO civil de Temuco. En causa Rol N° V-258-2024, por sentencia de fecha 20 de marzo de 2025, se concedió a posesión efectiva de la herencia testada, de los bienes quedados al fallecimiento de don Isidro Ignacio Lorenzo Andrés Plana cédula de identidad N° 4.790.763-2, ocurrido en Temuco, con fecha 16 de junio de 2024, lugar de su último domicilio, a favor de: Hilda Rosa Sendoya Puentes cédula de identidad N° 14.617.991-6 y don Isidro Ignacio Andrés Bosch cédula de identidad N° 8.479.194-6 todo ello conforme al testamento otorgado con fecha 16 de noviembre del 2023, ante Notario Público de Temuco don Juan Antonio Loyola Opazo. Secretario.
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E X T R A C T O
Por Decreto MOP. (Exento) Nº253, de 22 de abril de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 36 y 37, para la obra: CONSTRUCCION PUENTE POCOYAN Y ACCESOS EN RUTA S-648 ENTRE RUTAS S-60 Y S-70, que figura a nombre de CATRIL ANTILEO ELDA ELENA Y OTROS, rol de avalúo 206-139, Comuna de TOLTEN, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 129 y 111 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por KAREN DE LOS ANGELES FUENTES BUSTOS, ITALO IGNACIO CORTES ROCCO y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 25 de febrero de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $1.301.800 para el lote N°36, y $3.477.700 para el lote N°37. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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E X T R A C T O
Por Decreto MOP. (Exento) Nº272, de 22 de abril de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 1, para la obra: DISEÑO DE MEJORAMIENTO Y AMPLIACION SERVICIO SANITARIO RURAL PEDREGOSO TRAMO 1, que figura a nombre de SEPULVEDA ARAVENA FERNANDO, rol de avalúo 1000-127, Comuna de VILLARRICA, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 1.059 m2. La Comisión de Peritos integrada por CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ, KAREN DE LOS ANGELES FUENTES BUSTOS y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 22 de enero de 2023, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $20.121.000 para el lote N°1. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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E X T R A C T O
Por Decreto MOP. (Exento) Nº271, de 22 de abril de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 1, para la obra: DISEÑO DE MEJORAMIENTO Y AMPLIACION SERVICIO SANITARIO RURAL PEDREGOSO TRAMO 3, que figura a nombre de ALVARADO CUEVAS ORLANDO ADOLFO Y OT, rol de avalúo 351-561, Comuna de VILLARRICA, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 180 m2. La Comisión de Peritos integrada por CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ, KAREN DE LOS ANGELES FUENTES BUSTOS y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 22 de enero de 2023, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $3.420.000 para el lote N°1. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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E X T R A C T O
Por Decreto MOP. (Exento) Nº273, de 23 de abril de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.52-A, 54, 54-A, 55 y 61, para la obra: MEJORAMIENTO CAMINO BASICO INTERMEDIO ACCESO QUILAS BAJAS, que figura a nombre de PEREZ SANCHEZ CRISTIAN ANDRES, ARIAS SAEZ LUIS HUMBERTO, ARIAS SAEZ PATRICIA DEL PILAR, CURIHUAL FUENTEALBA GABRIELA Y OTRO y SANCHEZ MENDEZ ELBA Y OTROS, roles de avalúo 311-113, 311-470, 311-471, 311-114 y 311-115, Comuna de FREIRE, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 8, 122, 236, 97 y 715 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ, HANDY GHISLAINE CAMPOS SEPULVEDA y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 09 de febrero de 2023, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $80.800 para el lote N°52-A, $1.004.200 para el lote N°54, $1.553.100 para el lote N°54-A, $779.200 para el lote N°55, y $4.284.000 para el lote N°61. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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E X T R A C T O
Por Decreto MOP. (Exento) Nº205, de 10 de abril de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.41, 42 y 44-A, para la obra: MEJORAMIENTO CAMINO BASICO INTERMEDIO ACCESO QUILAS BAJAS, que figura a nombre de RAPIMAN MORALES KARINA VALERIA, RAPIMAN MORALES KARINA VALERIA y HACIENDA FREIRE SILVOAGROPECUARIA L, roles de avalúo 311-226, 311-226 y 311-815, Comuna de FREIRE, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 371, 183 y 4.416 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ, HANDY GHISLAINE CAMPOS SEPULVEDA y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 22 de julio de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $2.166.200 para el lote N°41, $3.278.100 para el lote N°42, y $25.720.000 para el lote N°44-A. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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E X T R A C T O
Por Decreto MOP. (Exento) Nº206, de 10 de abril de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.28-A, 28-B y 35-A, para la obra: MEJORAMIENTO CAMINO BASICO INTERMEDIO ACCESO QUILAS BAJAS, que figura a nombre de NANCO FIGUEROA MARTA FELICINDA, RAPIMAN HUECHE JUAN Y OTROS y CARIMAN RAPIMAN MARIA ANGELICA, roles de avalúo 311-828, 311-216 y 311-220, Comuna de FREIRE, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 132, 28 y 116 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ, HANDY GHISLAINE CAMPOS SEPULVEDA y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 12 de septiembre de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $778.800 para el lote N°28-A, $165.200 para el lote N°28-B, y $684.400 para el lote N°35-A. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
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