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CautínExtractos LegalesTemuco

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Fecha 14-12-2024

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TERCER JUZGADO CIVIL DE TEMUCO, ROL C-3502-2021, CARATULADA “BERRIEX/INMOBILIARIA JUAN CARLOS LOPEZ NAVARRO LTDA”, por resolución de fecha 19 de noviembre de 2024 de Folio 148, se recibió la causa a por el término legal y fijó como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos sobre los cuales debe recaer la prueba, los siguientes: 1.-Efectividad de haberse celebrado entre las partes contrato de promesa de compraventa con fecha 09 de septiembre de 2015. Estipulaciones y demás contenidos del contrato. 2.-Efectividad de haber cumplido el demandante con las obligaciones del contrato. 3.-Efectividad de existir incumplimiento del contrato por parte de la demandada. 4.-Efectividad de haber experimentado el demandante perjuicios por el incumplimiento del contrato por parte de la demandada. 5.-Naturaleza y monto de los perjuicios experimentados por el demandante. Hechos y circunstancias en que se fundan cada uno de los puntos. Para recibir la testimonial que procediere, se agendar una vez iniciado el término probatorio, en la forma que se indique en resolución que provea el escrito que presenta lista de testigos, en su oportunidad, misma en la cual se indicará la hora, ID y contraseña respectiva, si correspondiere. Notifíquese legalmente. Escrito de la demandante de 20 de noviembre de 2024, Folio 149:  el Tribunal, provee:  Temuco, veintiuno de noviembre de dos mi veinticuatro: Al folio 149: Como se pide a lo solicitado, notifíquese a la parte demandada conforme lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil.

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