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    Juzgado de Letras y Garantía de Pucón, Rol C-101-2024, caratulada “Navarro con Sanhueza”, con fecha 3 de julio de 2023, se ordenó notificar por avisos la demanda y su proveído a don José Patricio Sanhueza Zuñiga, RUT 4.273.472-1, con domicilio desconocido. En lo principal, doña Marfiza Teresa Navarro Ojeda, chilena,  jubilada, con domicilio en calle Diego Rojas N° 754, comuna de La Reina, Región Metropolitana, solicita que se acoja acción de cobro ordinario derivada de un título ejecutivo en procedimiento sumario en contra de don José Patricio Sanhueza Zúñiga, a fin de que éste pague las rentas adeudadas desde abril de 2018 hasta enero de 2024 y las que se sigan devengando durante el curso del procedimiento y los gastos por concepto de servicios básicos (luz y agua) desde la celebración del contrato y hasta que la sentencia se encuentre firme y ejecutoriada. Se fijó comparendo al quinto día hábil desde la última notificación a las 10:30 horas. Publíquese en tres oportunidades y una en el Diario Oficial de acuerdo a lo establecido en el art. 54 del Código de Procedimiento Civil. Demás antecedentes en el proceso. Secretaria.

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    Juzgado de Letras y Garantía de Pucón, Rol C-101-2024, caratulada “Navarro con Sanhueza”, con fecha 3 de julio de 2023, se ordenó notificar por avisos la demanda y su proveído a don José Patricio Sanhueza Zuñiga, RUT 4.273.472-1, con domicilio desconocido. En lo principal, doña Marfiza Teresa Navarro Ojeda, chilena,  jubilada, con domicilio en calle Diego Rojas N° 754, comuna de La Reina, Región Metropolitana, solicita que se acoja acción de cobro ordinario derivada de un título ejecutivo en procedimiento sumario en contra de don José Patricio Sanhueza Zúñiga, a fin de que éste pague las rentas adeudadas desde abril de 2018 hasta enero de 2024 y las que se sigan devengando durante el curso del procedimiento y los gastos por concepto de servicios básicos (luz y agua) desde la celebración del contrato y hasta que la sentencia se encuentre firme y ejecutoriada. Se fijó comparendo al quinto día hábil desde la última notificación a las 10:30 horas. Publíquese en tres oportunidades y una en el Diario Oficial de acuerdo a lo establecido en el art. 54 del Código de Procedimiento Civil. Demás antecedentes en el proceso. Secretaria.

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    Por Decreto Exento MOP. Nº473, de 05 de julio de 2024, se desistió parcialmente la expropiación del lote 10-E y modificó el numeral primero y segundo del Decreto Exento MOP. N°583, de 29 de julio de 2021, quedando de la siguiente forma: lote 10-E, que figura a nombre de INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA VISTA C, ubicado en la comuna de Villarrica, rol de avalúo 505-196, superficie 571 m2. Complementando el informe de tasación de fecha 07 de mayo de 2021, con acta de fecha 16 de octubre de 2023, de la Jefa Subdepto de Expropiaciones Dirección (s) Vialidad, Región de La Araucanía.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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            Por Decreto Exento MOP. Nº472, de 05 de julio de 2024, se modificó el numeral segundo del Decreto Exento MOP. N°1129, de 19 de agosto de 2004, quedando de la siguiente forma: lote N°196, que figura a nombre de  LLANCANAO LIEMPI JOSE FERNANDO Y OT, ubicado en la comuna de TOLTEN, rol de avalúo 238-171, superficie 2.258 m2. Complementando el informe de tasación de fecha 28 de noviembre de 2003, con acta de 11 de abril de 2024, del Jefe Subdepto de Expropiaciones Dirección de Vialidad, Región de La Araucanía.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Juzgado de Letras y Garantía de Pucón, Rol C-101-2024, caratulada “Navarro con Sanhueza”, con fecha 3 de julio de 2023, se ordenó notificar por avisos la demanda y su proveído a don José Patricio Sanhueza Zuñiga, RUT 4.273.472-1, con domicilio desconocido. En lo principal, doña Marfiza Teresa Navarro Ojeda, chilena,  jubilada, con domicilio en calle Diego Rojas N° 754, comuna de La Reina, Región Metropolitana, solicita que se acoja acción de cobro ordinario derivada de un título ejecutivo en procedimiento sumario en contra de don José Patricio Sanhueza Zúñiga, a fin de que éste pague las rentas adeudadas desde abril de 2018 hasta enero de 2024 y las que se sigan devengando durante el curso del procedimiento y los gastos por concepto de servicios básicos (luz y agua) desde la celebración del contrato y hasta que la sentencia se encuentre firme y ejecutoriada. Se fijó comparendo al quinto día hábil desde la última notificación a las 10:30 horas. Publíquese en tres oportunidades y una en el Diario Oficial de acuerdo a lo establecido en el art. 54 del Código de Procedimiento Civil. Demás antecedentes en el proceso. Secretaria.

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    Por Decreto Exento  MOP. Nº 433 de 24 de junio de 2024, se modificó el numeral segundo del Decreto Exento MOP. N°138, de 04 de mayo de 2022, quedando de la siguiente forma: lote N°55, que figura a nombre de ALBERTO ANCAMIL COÑA, ubicado en la comuna de Carahue, Inscripción de Dominio a Fojas 1.678 N°1.631, CBR de Carahue año 1984, superficie 94 m2. Complementando el informe de tasación de fecha 23 de agosto de 2021, con acta de 21 de marzo de 2023, de la Jefa Subdepto de Expropiaciones Vialidad Región de La Araucanía.  La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº364, de 05 de junio de 2024, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.51-A, 53-A, 54-A y 57-A, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-192  GALVARINO – RUCATRARO, que figura a nombre de COCHE MELIN EDMUNDO BENJAMIN Y OTRO, COCHE MELIN EDMUNDO BENJAMIN Y OTRO, COCHE MELIN EDMUNDO BENJAMIN Y OTRO y MELIPIL SANHUEZA JUAN, roles de avalúo 71-177, 71-176, 71-176 y 71-163, Comuna de GALVARINO,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 165, 363, 444 y 610 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 24 de junio de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $499.750 para el lote N°51-A, $2.630.400 para el lote N°53-A, $1.428.050 para el lote N°54-A, y $2.028.750 para el lote N°57-A. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº365, de 05 de junio de 2024, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 52, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-192  GALVARINO – RUCATRARO, que figura a nombre de COCHE MELIN EDMUNDO BENJAMIN Y OTRO, rol de avalúo 71-177, Comuna de GALVARINO, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 209 m2. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 30 de septiembre de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $1.387.000 para el lote N°52. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº377, de 06 de junio de 2024, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.2, 3 y 4, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-192  GALVARINO – RUCATRARO, que figura a nombre de SOC AGRIC Y FORESTAL KEHR Y CI,  rol de avalúo 70 -20, Comuna de GALVARINO, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 4.530, 193 y 2.964 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 09 de enero de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $23.916.850 para el lote N°2, $1.743.500 para el lote N°3, y $17.375.500 para el lote N°4. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº378, de 06 de junio de 2024, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.8, 11, 12 y 20, para la obra: MEJORAMIENTO RUTA S-192  GALVARINO – RUCATRARO, que figura a nombre de KEHR BACHMANN PABLO ROLF, LEMP MARTIN JULIAN EDUARDO, LEMP MARTIN JULIAN EDUARDO y BACHMANN CERDA SONIA DEL CARME, roles de avalúo 70-17, 70-31, 70-31 y 70-9, Comuna de GALVARINO,  REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 1.543, 1.143, 560 y 260 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO y PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, mediante informe de tasación de 09 de enero de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $19.333.600 para el lote N°8, $5.690.100 para el lote N°11, $2.380.000 para el lote N°12, y $1.914.800 para el lote N°20. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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