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    EXTRACTO SUBASTA

    Juzgado de Letras y Garantía de Purén, con domicilio en Imperial N.º 890, comuna de Purén, en causa civil voluntaria, ROL V-7-2023, caratulado “ALARCÓN/”, Autorización Judicial para Enajenar, subastará el día 24 de octubre de 2024, a las 13:00 horas, a través de VIDEOCONFERENCIA, la propiedad ubicada en calle Los Arrayanes N.º 905, Población Villa Fortín II, comuna de Purén, Provincia de Malleco, Región de La Araucanía, la cual se encuentra inscrita a nombre de LINDSAY MAGDA ALARCÓN SALGADO, cédula nacional de Identidad N.º 14.060.190-K, el cual adquirió a título de compraventa, lo que consta en certificado de dominio vigente emitido por el Conservador de Bienes Raíces de Purén, cuya inscripción consta a Fojas 1388 vta, número 834, del año 2017. Para efectos del Impuesto Territorial, la propiedad figura bajo el ROL de avalúo número 128-16, comuna de Purén, destino habitacional. El mínimo para comenzar posturas es de $30.000.000.- Todo postor, para tomar parte de la subasta, deberá rendir caución por un valor equivalente al 10% mínimo establecido para la subasta, en vale vista a la orden del Tribunal. La entrega del vale vista deberá efectuarse en forma presencial ante el Secretario del Tribunal, solo el día hábil anterior a la fecha de remate, entre las 08.30 y 12.00 horas, quedando en custodia el documento, tomando todos los resguardos sanitarios correspondientes; la entrega fuera de ese horario, no será considerada para efectos del remate. Todo postor deberá tener activa clave única del Estado para una eventual suscripción de acta de remate. Por el mero hecho de constituir la garantía de seriedad de oferta para participar de manera Online, se entiende que el oferente ha leído y aceptado las Bases de Remate, así como las condiciones y obligaciones, que rigen la subasta. Concluido el remate, se verificarán los datos del adjudicatario y se le enviará al correo electrónico el acta de remate y el detalle del saldo de la subasta, cuyo pago debe efectuarse por medio de depósito judicial en la Cuenta Corriente del Tribunal, ingresando copia de dicho comprobante por la oficina judicial virtual, en la causa respectiva, en el plazo de cinco días hábiles siguientes al remate y enviar aviso al correo electrónico que el Tribunal informe, indicando su nombre y ROL de la causa. La subasta se realizará través de VIDEOCONFERENCIA, para lo cual se requiere que las partes y postores cuenten con los elementos tecnológicos y de conexión para llevar a efecto la audiencia del remate. Bases y antecedentes en causa civil voluntaria, ROL V-7-2023, caratulado “ALARCÓN/”. Secretaría.

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    Juzgado de Letras y Garantía de Purén, con domicilio en Imperial N.º 890, comuna de Purén, en causa civil voluntaria, ROL V-7-2023, caratulado “ALARCÓN/”, Autorización Judicial para Enajenar, subastará el día 24 de octubre de 2024, a las 13:00 horas, a través de VIDEOCONFERENCIA, la propiedad ubicada en calle Los Arrayanes N.º 905, Población Villa Fortín II, comuna de Purén, Provincia de Malleco, Región de La Araucanía, la cual se encuentra inscrita a nombre de LINDSAY MAGDA ALARCÓN SALGADO, cédula nacional de Identidad N.º 14.060.190-K, el cual adquirió a título de compraventa, lo que consta en certificado de dominio vigente emitido por el Conservador de Bienes Raíces de Purén, cuya inscripción consta a Fojas 1388 vta, número 834, del año 2017. Para efectos del Impuesto Territorial, la propiedad figura bajo el ROL de avalúo número 128-16, comuna de Purén, destino habitacional. El mínimo para comenzar posturas es de $30.000.000.- Todo postor, para tomar parte de la subasta, deberá rendir caución por un valor equivalente al 10% mínimo establecido para la subasta, en vale vista a la orden del Tribunal. La entrega del vale vista deberá efectuarse en forma presencial ante el Secretario del Tribunal, solo el día hábil anterior a la fecha de remate, entre las 08.30 y 12.00 horas, quedando en custodia el documento, tomando todos los resguardos sanitarios correspondientes; la entrega fuera de ese horario, no será considerada para efectos del remate. Todo postor deberá tener activa clave única del Estado para una eventual suscripción de acta de remate. Por el mero hecho de constituir la garantía de seriedad de oferta para participar de manera Online, se entiende que el oferente ha leído y aceptado las Bases de Remate, así como las condiciones y obligaciones, que rigen la subasta. Concluido el remate, se verificarán los datos del adjudicatario y se le enviará al correo electrónico el acta de remate y el detalle del saldo de la subasta, cuyo pago debe efectuarse por medio de depósito judicial en la Cuenta Corriente del Tribunal, ingresando copia de dicho comprobante por la oficina judicial virtual, en la causa respectiva, en el plazo de cinco días hábiles siguientes al remate y enviar aviso al correo electrónico que el Tribunal informe, indicando su nombre y ROL de la causa. La subasta se realizará través de VIDEOCONFERENCIA, para lo cual se requiere que las partes y postores cuenten con los elementos tecnológicos y de conexión para llevar a efecto la audiencia del remate. Bases y antecedentes en causa civil voluntaria, ROL V-7-2023, caratulado “ALARCÓN/”. Secretaría.

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    Juzgado de Letras y Garantía de Purén, con domicilio en Imperial N.º 890, comuna de Purén, en causa civil voluntaria, ROL V-7-2023, caratulado “ALARCÓN/”, Autorización Judicial para Enajenar, subastará el día 24 de octubre de 2024, a las 13:00 horas, a través de VIDEOCONFERENCIA, la propiedad ubicada en calle Los Arrayanes N.º 905, Población Villa Fortín II, comuna de Purén, Provincia de Malleco, Región de La Araucanía, la cual se encuentra inscrita a nombre de LINDSAY MAGDA ALARCÓN SALGADO, cédula nacional de Identidad N.º 14.060.190-K, el cual adquirió a título de compraventa, lo que consta en certificado de dominio vigente emitido por el Conservador de Bienes Raíces de Purén, cuya inscripción consta a Fojas 1388 vta, número 834, del año 2017. Para efectos del Impuesto Territorial, la propiedad figura bajo el ROL de avalúo número 128-16, comuna de Purén, destino habitacional. El mínimo para comenzar posturas es de $30.000.000.- Todo postor, para tomar parte de la subasta, deberá rendir caución por un valor equivalente al 10% mínimo establecido para la subasta, en vale vista a la orden del Tribunal. La entrega del vale vista deberá efectuarse en forma presencial ante el Secretario del Tribunal, solo el día hábil anterior a la fecha de remate, entre las 08.30 y 12.00 horas, quedando en custodia el documento, tomando todos los resguardos sanitarios correspondientes; la entrega fuera de ese horario, no será considerada para efectos del remate. Todo postor deberá tener activa clave única del Estado para una eventual suscripción de acta de remate. Por el mero hecho de constituir la garantía de seriedad de oferta para participar de manera Online, se entiende que el oferente ha leído y aceptado las Bases de Remate, así como las condiciones y obligaciones, que rigen la subasta. Concluido el remate, se verificarán los datos del adjudicatario y se le enviará al correo electrónico el acta de remate y el detalle del saldo de la subasta, cuyo pago debe efectuarse por medio de depósito judicial en la Cuenta Corriente del Tribunal, ingresando copia de dicho comprobante por la oficina judicial virtual, en la causa respectiva, en el plazo de cinco días hábiles siguientes al remate y enviar aviso al correo electrónico que el Tribunal informe, indicando su nombre y ROL de la causa. La subasta se realizará través de VIDEOCONFERENCIA, para lo cual se requiere que las partes y postores cuenten con los elementos tecnológicos y de conexión para llevar a efecto la audiencia del remate. Bases y antecedentes en causa civil voluntaria, ROL V-7-2023, caratulado “ALARCÓN/”. Secretaría.

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    NOTIFICACIÓN POR AVISOS

    Ante el segundo Juzgado Civil de Temuco, en causa C-1512-2021 sobre juicio de designación de juez partidor caratulada “RICHARD/RICHARD”, Demandante: Tomás Alfredo Richard González, arquitecto, Rut 8.522.659-2, domiciliado en Zenteno 184, depto. 415, Santiago. Parte demandada: Federico Arturo Richard Siegmund, Rut 3.724.886-k; Juan Carlos Richard Richard, Rut 6.887.509-9; María Eugenia Richard González, Rut 8.309.908-9; Luis Alberto Richard González, Rut 8.325.269-3; Carmen Gloria Richard González, Rut 14.404.094-5; Carlos Alfredo Richard Gudenschwager, Rut 7.857.250-7; Cristian Alfonso Richard Gutiérrez, Rut 12.696.466-8; Sergio Andrés Richard Gutiérrez, Rut 8.934.423. En la demanda, de fecha 5 de mayo de 2021, se solicitó citar a las partes a audiencia de designación de juez arbitro partidor de los bienes que da cuenta el inventario que consta en el certificado de posesión efectiva relativa a doña Rosa Inés Richard Siegmund. Los bienes de la sucesión son los siguientes:1) Inmueble agrícola rol de avalúo fiscal 3200-864 de la comuna de Temuco, inscrito a fojas 4134F, n°2468, en el Registro de Propiedad del conservador de Bienes Raíces de Temuco correspondiente al año 2007, y que corresponde a la PARCELA O LOTE CINCO GUION DOS de superficie de veintiséis mil ciento cinco coma noventa y un metros cuadrados, resultante de la subdivisión del lote número cinco, de una superficie de trece hectáreas quince áreas y éste a su vez del lote a de cuarenta y dos hectáreas sesenta y seis áreas de un inmueble de mayor extensión denominado Monte Oscuro, ubicado en el lugar Monte Verde, comuna de Temuco, junto con el menaje del mismo correspondiente a la presunción del 20%; 2)Bienes inmuebles excluidos con avalúo fiscal: -Casa 180 mt2, construcción albañilería; -Galpón 40 mt2, construcción albañilería; -Bodega 20 mt2, construcción madera; 3)Cuenta Rut Banco Estado $2.755; 4)Cuenta ahorro Banco Estado $19.282.705. Por resolución de fecha 7 de mayo de 2021, el tribunal resolvió: A lo principal: Por interpuesta demanda designación de Juez Arbitro Partidor. Atendido lo dispuesto en el Artículo 28 del Acta N°41 de la Excma. Corte Suprema y con el objeto de dar continuidad a la administración de Justicia, citase a las partes a una audiencia telemática de Designación de Juez Arbitro partidor para el día 21 de julio de 2021 a las 11:15 Horas, debiendo notificarse a la parte demandada con a lo menos cinco días de anticipación a la fecha fijada. El día 20 de marzo de 2023 el tribunal resuelve: al folio 138 Atendido el mérito de autos y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, Se declara: Como se pide, notifíquese a don CRISTIAN ALFONSO RICHARD GUTIERREZ, cédula de identidad N° 12.696.466-8 y don SERGIO ANDRES RICHARD GUTIERREZ, cédula de identidad N° 8.934.423-9, mediante publicación en extracto por una vez en el Diario Oficial y por tres veces en un diario de circulación Regional. Constanza Cristina Rendich Salaverry, Juez. Con fecha 31 de julio de 2024, el tribunal resolvió: Al folio 162 Como se pide, se fija nuevo día y hora para que vengan las partes a la audiencia de designación de Juez árbitro, para el día 15 de octubre de 2024 a las 10:00 horas, la que se realizará en forma presencial, en las dependencias del tribunal, debiendo notificarse a la parte demandada con a lo menos cinco días de anticipación a la fecha fijada. Atendido a lo dispuesto en el artículo 77 bis del Código de Procedimiento Civil, las partes podrán solicitar comparecer por videoconferencia hasta dos días antes de la realización de la audiencia.

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    NOTIFICACIÓN POR AVISOS

    Ante el segundo Juzgado Civil de Temuco, en causa C-1512-2021 sobre juicio de designación de juez partidor caratulada “RICHARD/RICHARD”, Demandante: Tomás Alfredo Richard González, arquitecto, Rut 8.522.659-2, domiciliado en Zenteno 184, depto. 415, Santiago. Parte demandada: Federico Arturo Richard Siegmund, Rut 3.724.886-k; Juan Carlos Richard Richard, Rut 6.887.509-9; María Eugenia Richard González, Rut 8.309.908-9; Luis Alberto Richard González, Rut 8.325.269-3; Carmen Gloria Richard González, Rut 14.404.094-5; Carlos Alfredo Richard Gudenschwager, Rut 7.857.250-7; Cristian Alfonso Richard Gutiérrez, Rut 12.696.466-8; Sergio Andrés Richard Gutiérrez, Rut 8.934.423. En la demanda, de fecha 5 de mayo de 2021, se solicitó citar a las partes a audiencia de designación de juez arbitro partidor de los bienes que da cuenta el inventario que consta en el certificado de posesión efectiva relativa a doña Rosa Inés Richard Siegmund. Los bienes de la sucesión son los siguientes:1) Inmueble agrícola rol de avalúo fiscal 3200-864 de la comuna de Temuco, inscrito a fojas 4134F, n°2468, en el Registro de Propiedad del conservador de Bienes Raíces de Temuco correspondiente al año 2007, y que corresponde a la PARCELA O LOTE CINCO GUION DOS de superficie de veintiséis mil ciento cinco coma noventa y un metros cuadrados, resultante de la subdivisión del lote número cinco, de una superficie de trece hectáreas quince áreas y éste a su vez del lote a de cuarenta y dos hectáreas sesenta y seis áreas de un inmueble de mayor extensión denominado Monte Oscuro, ubicado en el lugar Monte Verde, comuna de Temuco, junto con el menaje del mismo correspondiente a la presunción del 20%; 2)Bienes inmuebles excluidos con avalúo fiscal: -Casa 180 mt2, construcción albañilería; -Galpón 40 mt2, construcción albañilería; -Bodega 20 mt2, construcción madera; 3)Cuenta Rut Banco Estado $2.755; 4)Cuenta ahorro Banco Estado $19.282.705. Por resolución de fecha 7 de mayo de 2021, el tribunal resolvió: A lo principal: Por interpuesta demanda designación de Juez Arbitro Partidor. Atendido lo dispuesto en el Artículo 28 del Acta N°41 de la Excma. Corte Suprema y con el objeto de dar continuidad a la administración de Justicia, citase a las partes a una audiencia telemática de Designación de Juez Arbitro partidor para el día 21 de julio de 2021 a las 11:15 Horas, debiendo notificarse a la parte demandada con a lo menos cinco días de anticipación a la fecha fijada. El día 20 de marzo de 2023 el tribunal resuelve: al folio 138 Atendido el mérito de autos y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, Se declara: Como se pide, notifíquese a don CRISTIAN ALFONSO RICHARD GUTIERREZ, cédula de identidad N° 12.696.466-8 y don SERGIO ANDRES RICHARD GUTIERREZ, cédula de identidad N° 8.934.423-9, mediante publicación en extracto por una vez en el Diario Oficial y por tres veces en un diario de circulación Regional. Constanza Cristina Rendich Salaverry, Juez. Con fecha 31 de julio de 2024, el tribunal resolvió: Al folio 162 Como se pide, se fija nuevo día y hora para que vengan las partes a la audiencia de designación de Juez árbitro, para el día 15 de octubre de 2024 a las 10:00 horas, la que se realizará en forma presencial, en las dependencias del tribunal, debiendo notificarse a la parte demandada con a lo menos cinco días de anticipación a la fecha fijada. Atendido a lo dispuesto en el artículo 77 bis del Código de Procedimiento Civil, las partes podrán solicitar comparecer por videoconferencia hasta dos días antes de la realización de la audiencia.

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    Juzgado de Letras y Garantía de Purén, con domicilio en Imperial N.º 890, comuna de Purén, en causa civil voluntaria, ROL V-7-2023, caratulado “ALARCÓN/”, Autorización Judicial para Enajenar, subastará el día 24 de octubre de 2024, a las 13:00 horas, a través de VIDEOCONFERENCIA, la propiedad ubicada en calle Los Arrayanes N.º 905, Población Villa Fortín II, comuna de Purén, Provincia de Malleco, Región de La Araucanía, la cual se encuentra inscrita a nombre de LINDSAY MAGDA ALARCÓN SALGADO, cédula nacional de Identidad N.º 14.060.190-K, el cual adquirió a título de compraventa, lo que consta en certificado de dominio vigente emitido por el Conservador de Bienes Raíces de Purén, cuya inscripción consta a Fojas 1388 vta, número 834, del año 2017. Para efectos del Impuesto Territorial, la propiedad figura bajo el ROL de avalúo número 128-16, comuna de Purén, destino habitacional. El mínimo para comenzar posturas es de $30.000.000.- Todo postor, para tomar parte de la subasta, deberá rendir caución por un valor equivalente al 10% mínimo establecido para la subasta, en vale vista a la orden del Tribunal. La entrega del vale vista deberá efectuarse en forma presencial ante el Secretario del Tribunal, solo el día hábil anterior a la fecha de remate, entre las 08.30 y 12.00 horas, quedando en custodia el documento, tomando todos los resguardos sanitarios correspondientes; la entrega fuera de ese horario, no será considerada para efectos del remate. Todo postor deberá tener activa clave única del Estado para una eventual suscripción de acta de remate. Por el mero hecho de constituir la garantía de seriedad de oferta para participar de manera Online, se entiende que el oferente ha leído y aceptado las Bases de Remate, así como las condiciones y obligaciones, que rigen la subasta. Concluido el remate, se verificarán los datos del adjudicatario y se le enviará al correo electrónico el acta de remate y el detalle del saldo de la subasta, cuyo pago debe efectuarse por medio de depósito judicial en la Cuenta Corriente del Tribunal, ingresando copia de dicho comprobante por la oficina judicial virtual, en la causa respectiva, en el plazo de cinco días hábiles siguientes al remate y enviar aviso al correo electrónico que el Tribunal informe, indicando su nombre y ROL de la causa. La subasta se realizará través de VIDEOCONFERENCIA, para lo cual se requiere que las partes y postores cuenten con los elementos tecnológicos y de conexión para llevar a efecto la audiencia del remate. Bases y antecedentes en causa civil voluntaria, ROL V-7-2023, caratulado “ALARCÓN/”. Secretaría.

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    Ante el segundo Juzgado Civil de Temuco, en causa C-1512-2021 sobre juicio de designación de juez partidor caratulada “RICHARD/RICHARD”, Demandante: Tomás Alfredo Richard González, arquitecto, Rut 8.522.659-2, domiciliado en Zenteno 184, depto. 415, Santiago. Parte demandada: Federico Arturo Richard Siegmund, Rut 3.724.886-k; Juan Carlos Richard Richard, Rut 6.887.509-9; María Eugenia Richard González, Rut 8.309.908-9; Luis Alberto Richard González, Rut 8.325.269-3; Carmen Gloria Richard González, Rut 14.404.094-5; Carlos Alfredo Richard Gudenschwager, Rut 7.857.250-7; Cristian Alfonso Richard Gutiérrez, Rut 12.696.466-8; Sergio Andrés Richard Gutiérrez, Rut 8.934.423. En la demanda, de fecha 5 de mayo de 2021, se solicitó citar a las partes a audiencia de designación de juez arbitro partidor de los bienes que da cuenta el inventario que consta en el certificado de posesión efectiva relativa a doña Rosa Inés Richard Siegmund. Los bienes de la sucesión son los siguientes:1) Inmueble agrícola rol de avalúo fiscal 3200-864 de la comuna de Temuco, inscrito a fojas 4134F, n°2468, en el Registro de Propiedad del conservador de Bienes Raíces de Temuco correspondiente al año 2007, y que corresponde a la PARCELA O LOTE CINCO GUION DOS de superficie de veintiséis mil ciento cinco coma noventa y un metros cuadrados, resultante de la subdivisión del lote número cinco, de una superficie de trece hectáreas quince áreas y éste a su vez del lote a de cuarenta y dos hectáreas sesenta y seis áreas de un inmueble de mayor extensión denominado Monte Oscuro, ubicado en el lugar Monte Verde, comuna de Temuco, junto con el menaje del mismo correspondiente a la presunción del 20%; 2)Bienes inmuebles excluidos con avalúo fiscal: -Casa 180 mt2, construcción albañilería; -Galpón 40 mt2, construcción albañilería; -Bodega 20 mt2, construcción madera; 3)Cuenta Rut Banco Estado $2.755; 4)Cuenta ahorro Banco Estado $19.282.705. Por resolución de fecha 7 de mayo de 2021, el tribunal resolvió: A lo principal: Por interpuesta demanda designación de Juez Arbitro Partidor. Atendido lo dispuesto en el Artículo 28 del Acta N°41 de la Excma. Corte Suprema y con el objeto de dar continuidad a la administración de Justicia, citase a las partes a una audiencia telemática de Designación de Juez Arbitro partidor para el día 21 de julio de 2021 a las 11:15 Horas, debiendo notificarse a la parte demandada con a lo menos cinco días de anticipación a la fecha fijada. El día 20 de marzo de 2023 el tribunal resuelve: al folio 138 Atendido el mérito de autos y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, Se declara: Como se pide, notifíquese a don CRISTIAN ALFONSO RICHARD GUTIERREZ, cédula de identidad N° 12.696.466-8 y don SERGIO ANDRES RICHARD GUTIERREZ, cédula de identidad N° 8.934.423-9, mediante publicación en extracto por una vez en el Diario Oficial y por tres veces en un diario de circulación Regional. Constanza Cristina Rendich Salaverry, Juez. Con fecha 31 de julio de 2024, el tribunal resolvió: Al folio 162 Como se pide, se fija nuevo día y hora para que vengan las partes a la audiencia de designación de Juez árbitro, para el día 15 de octubre de 2024 a las 10:00 horas, la que se realizará en forma presencial, en las dependencias del tribunal, debiendo notificarse a la parte demandada con a lo menos cinco días de anticipación a la fecha fijada. Atendido a lo dispuesto en el artículo 77 bis del Código de Procedimiento Civil, las partes podrán solicitar comparecer por videoconferencia hasta dos días antes de la realización de la audiencia.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº706, de 02 de septiembre de 2024, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 6, para la obra: MEJORAMIENTO CBI PUENTE QUEPE CAIVICO LOS NOTROS, VILCUN, que figura a nombre de GONZALEZ MENDEZ CECILE FRANCOISE, rol de avalúo 3286-5, Comuna de VILCUN, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficie 1.471 m2. La Comisión de Peritos integrada por MARIA SOLEDAD NUÑEZ ARROYO, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 04 de diciembre de 2023, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $13.269.000 para el lote N°6. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº704, de 02 de septiembre de 2024, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.6, 8, 9, 10 y 11, para la obra: MEJORAMIENTO CBI HUALLEPENCO – RINCONADA, que figura a nombre de CAYUMAN MILLANIR JOSE EUGENIA, CAYUMAN BADILLA HAYDEE DEL CAR, GUTIERREZ ROSALES DANIEL, BANSE HORCHE ADRIANA LUISA CARLOT y MONSALVE LLANQUILEO EDUARDO, roles de avalúo 228-4, 228-39, 228-2, 228-18 y 229-16, Comuna de PERQUENCO, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 405, 464, 1.272, 847 y 986 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PAULA ANDREA LAGOS CARRASCO, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 01 de marzo de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $1.046.500 para el lote N°6, $1.303.600 para el lote N°8, $2.544.800 para el lote N°9, $3.652.700 para el lote N°10, y $2.699.400 para el lote N°11. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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    Por Decreto MOP. (Exento) Nº702, de 02 de septiembre de 2024, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.1 y 2, para la obra: MEJORAMIENTO CBI HUALLEPENCO – RINCONADA, que figura a nombre de HERDENER TRUAN PABLO WALTER Y OTRO y MOENA NECUL ALBERTINA DEL CARM, roles de avalúo 233-19 y 224-24, Comuna de PERQUENCO, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 220 y 1.169 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PAULA ANDREA LAGOS CARRASCO, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 01 de marzo de 2024, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $6.656.000 para el lote N°1, y $2.177.100 para el lote N°2. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.

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