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INDH La Araucanía ofició a Senama, Seremi de Salud y Municipalidad de Pitrufquén por muerte de 16 personas mayores en residencia

La sede del INDH solicitó a las autoridades conocer las condiciones del lugar, si este contaba con permisos al día, si había antecedentes de denuncias por vulneraciones y qué ha pasado con las diez personas mayores que lograron ser evacuadas.

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La noche del 11 de septiembre se produjo un incendio en una residencia de personas mayores, en el que 16 personas murieron, y otras diez, sobrevivieron.

Con el objetivo de reunir antecedentes, la sede de La Araucanía del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) envió oficios al Servicio Nacional del Adulto Mayor (Senama), a la Seremi de Salud y a la Municipalidad de Pitrufquén pidiendo información sobre el Establecimiento de Larga Estadía de Adultos Mayores (ELEAM) afectado, ubicado en Villa Comuy, en la comuna de Pitrufquén.

Para Federico Aguirre, jefe de la sede regional del INDH, “la tragedia vivida devela la situación de abandono de la que son objeto muchas personas mayores, respecto de quienes el Estado tiene el deber de garantizar condiciones de vida digna. Revela igualmente, una realidad que como sociedad no hemos sido capaces de encarar adecuadamente, en cuanto a la existencia de numerosas residencias para el cuidado de personas mayores que funcionan completamente al margen de la legalidad”.

Cabe destacar que en 2018, el INDH dedicó un capítulo de su Informe Anual a analizar la situación y los derechos de las personas mayores. En dicho informe, el Instituto recomendó al Estado elaborar con urgencia un plan que permita detectar establecimientos de larga estadía ilegales, sancionar las potenciales vulneraciones de derechos de las personas que allí se encuentren, y favorecer su regularización en la medida que logren cumplir con estándares de calidad y respeto a los derechos de las personas mayores. Es relevante recordar que en 2017 Chile ratificó la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, que impone a los Estados la obligación de proteger los derechos de este grupo.

Para el ejercicio de su mandato legal, la legislación faculta al INDH a solicitar la colaboración de los distintos órganos del Estado, con el objetivo de recabar toda la información necesaria para analizar eventuales vulneraciones de derechos y ejercer las acciones de protección que correspondan. En esta línea, el Instituto solicitó a las distintas instituciones del Estado información sobre eventuales vulneraciones a las personas mayores que residían en dicho establecimiento.

A Senama, se solicitó información sobre las residencias de personas mayores que operan sin autorización sanitaria en la región, además de un detalle de las denuncias recibidas y las medidas adoptadas por el servicio entre 2024 y 2026. Así también le consultó específicamente por la residencia en cuestión: si tenían antecedentes de irregularidades y/o denuncias, y qué medidas adoptó el establecimiento luego del incendio respecto de las personas que sobrevivieron.

Del mismo modo, la sede del INDH solicitó información a la Seremi de Salud sobre los sumarios que ha instruido a establecimientos y residencias de personas mayores de la región entre 2024 y 2026, además de información sobre residencias de adultos mayores que estén funcionando sin autorización sanitaria. En cuanto al establecimiento de Pitrufquén, el INDH consultó a la Seremi si contaba con resolución sanitaria de funcionamiento, el detalle de las fiscalizaciones realizadas, además de eventuales sumarios y sus resultados.

En cuanto a la Municipalidad de Pitrufquén, el oficio enviado consulta respecto al conocimiento de irregularidades de funcionamiento en el ELEAM, la existencia de informes, denuncias, oficios o comunicaciones de irregularidades, detallando el contenido, año y los eventuales resultados de acciones emprendidas a partir de estas informaciones.

Además, solicita saber si la residencia recibía subsidios o aportes municipales, si era parte de algún convenio con la Oficina de Adulto Mayor del municipio y si en alguna ocasión se fiscalizó la existencia de patente comercial y con qué resultados.

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