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JUZGADO DE LETRAS Y GARANTÍA DE CARAHUE, CITA A SUBASTA: CAUSA RIT C-144-2021, Mat. Demanda Ejecutiva Obligación de Dar, «COMERCIAL MECÁNICA MAXSIL SPA/PADILLA»; Para el viernes 21/08/2026 a las 13:00 horas; Se subastará el inmueble ubicado en el sector Pancul, Parcela N°13, de la comuna de Carahue; Rol de Avalúo N°263-102, comuna de Carahue; inscrita a fojas 479 vuelta, número 502, año 1986 correspondiente al Conservador de Bienes Races de Carahue. Propiedad denominada a) Parcela N°13 del Proyecto de División y Parcelación del Predio Pancul, ubicado en la comuna de Carahue, el cual tiene una superficie de 10 hectáreas aproximadamente, que según el plano de subdivisión y parcelación tiene los siguientes deslindes; NORTE: con río Imperial; SUR: Con primer sector de las parcelas números 9 y 10; ORIENTE: Con río Imperial y pequeña parte de la hijuela número 16, camino de por medio; y PONIENTE: con primer sector de la parcela N°14. El mínimo para comenzar la subasta será la suma de $158.800.000.-, los interesados en participar deberán constituir garantía suficiente de forma previa, mediante cupón de pago en Banco del Estado de Chile o depósito judicial (NO transferencia electrónica), en Cuenta Corriente Tribunal, N° 63300013131; a nombre Juzgado de Letras y Garantía de Carahue, RUT N° 60304018-K; por el 10% del mínimo fijado para pública subasta, en forma establecida en Bases Remate. Además, los postores interesados deberán a más tardar a las 12:00 horas del día anterior a la subasta, exhibir comprobante legible de haber constituido la garantía, su individualización, RIT Causa, número telefónico, correo electrónico de contacto. Se define como fecha límite para la certificación de las garantas 24 horas antes de la realización de la subasta. El precio de la subasta deber ser pagado contado, dentro del quinto da hábil siguiente a la fecha del Remate. Los postores que cumplan con las Bases, deberán acceder de manera presencial en las dependencias de este Tribunal Civil, ubicado en calle Villagrán N°447, de la comuna de Carahue, salvo se solicite lo que corresponda de conformidad a lo dispuesto en el artículo 77 bis del Código de Procedimiento Civil. Ministro de Fe. JEFE DE UNIDAD. Ministro de Fe Tribunal Juzgado de Letras y Garanta de Carahue.


