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La Araucanía es la quinta región con más denuncias por vulneraciones a la Ley de 40 Horas

• Las 27 denuncias representan el 5,2% de las recibidas a nivel nacional.

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La Dirección del Trabajo (DT) ha recibido en la Araucanía 27 denuncias por distintas vulneraciones a la Ley N°21.561, de 40 Horas, desde su vigencia el pasado 26 de abril. Así lo informó el organismo fiscalizador regional al divulgar el primer informe de denuncias registradas hasta el lunes 27 de mayo.

Las estadísticas fueron entregadas por la directora regional del Trabajo, Carolina Ojeda.  La autoridad explicó que “la implementación de esta norma a la fecha es bastante exitosa, tenemos un alto cumplimiento de parte de las empresas de la obligación de la reducción de la jornada laboral”.

Añadió que “como se ve, evidentemente esto da cuenta sin lugar a dudas que tenemos una baja tasa de denuncia, una baja tasa de incumplimiento y por tanto podemos dar cuenta de una implementación que a la fecha ha sido sin lugar a dudas bastante beneficiosa y se ha cumplido con las normativas señaladas en la ley”.

En total, las 27 denuncias hechas por trabajadores, trabajadoras y organizaciones sindicales representan el 5,2 por ciento de las denuncias recibidas a nivel nacional. Esto posiciona a la región en el quinto lugar en el número de denuncias a nivel nacional, después del Biobío, con 31; Los Lagos, con 39; Valparaíso con 50 y la Región Metropolitana, con 223.

En general, las materias denunciadas se refieren a:

  • No dar cumplimiento a las disposiciones legales referidas a la reducción de la jornada ordinaria semanal de 44 horas
  • Exceder la jornada ordinaria semanal de trabajo de 44 horas
  • Excluir de la limitación de la jornada sin cumplir requisitos legales
  • No acordar o comunicar calendario para distribución de horas de trabajo en ciclo
  • Adecuar la jornada de trabajo a 44 horas semanales en forma unilateral

La Ley de 40 horas también definió cuáles son las funciones o labores de los trabajadores a quienes se les puede aplicar la exclusión de la limitación de jornada, conocido como Artículo 22, inciso 2°.

Este aspecto registra en la región el 14% de las denuncias. Esta materia requiere un procedimiento especial de fiscalización, ya que sólo se activa a requerimiento de alguna de las partes (trabajador o trabajadora y empresa). Si ambas partes están de acuerdo con mantener la aplicación de esa excepción, no es obligatorio que haya una modificación.

Adicionalmente, de las denuncias realizadas, desde el 26 de abril se agregó a todas las fiscalizaciones, tanto solicitadas como de oficio individual por programa, la revisión de la materia exceder la jornada ordinaria semanal de 44 horas.  Todas las denuncias se encuentran en proceso de fiscalización, pero en caso de constatarse infracción, a todas las empresas de hasta 49 trabajadores se les otorgará plazo de corrección y a las empresas de 50 y más trabajadores se aplicarán multas desde 3 a 60 UTM. 

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