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Por Decreto MOP. (Exento) Nº956, de 16 de noviembre de 2023, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.6, 8 y 9, para la obra: DISEÑO DEFINITIVO DE LA RED SECUNDARIA Y TERCIARIA DE CANALES DE RIEGO PROYECTO FAJA MAISAN OBRA CANAL AGUSTINAS SECTOR:CANAL AGUSTINAS DERIVADO 6, que figura a nombre de MANQUE RAIN ELBA, LICANQUEO LICANQUEO LUZ IRENIA y GAMONAL RAIN HERMINDA Y OTROS, roles de avalúo 389-52, 389-45 y 389-48, Comuna de PITRUFQUEN, REGION DE LA ARAUCANÍA, superficies 379, 1.627 y 1.142 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por TATIANA YASMIN GUTIERREZ ORTIZ, EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA y YASCHALA MARIBEL YAÑEZ RIFFO, mediante informe de tasación de 30 de noviembre de 2020, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $2.208.800 para el lote N°6, $5.629.200 para el lote N°8, y $4.519.300 para el lote N°9. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.